VISTO:
El Proyecto de Ordenanza de Autorización al D.E.M. para adquirir en forma directa dos terrenos baldíos ubicados sobre calle Bartolomé Mitre entre calles José Hernández y Paraná de esta ciudad de Oncativo, y;
CONSIDERANDO:
Que los lotes mencionados, de propiedad de las Srtas. Emilia o Emilia Ana Del Boca y Natalia Teresa o Angela Natalia Del Boca, situados en la manzana catastral n° 104, lotes 10 y 11, con una superficie de 481,65 m2 cada uno de ellos, colindan con un edificio que el municipio viene construyendo.
Que el precio de la compra sería en total de pesos nueve mil ($ 9.000) pagaderos de la siguiente forma: la suma de pesos tres mil ($ 3.000) al momento de firmarse el boleto de compraventa y el saldo restante en cinco cuotas de pesos un mil doscientos ($ 1.200) cada una, siendo el costo de la escritura traslativa de dominio solventado por las partes de acuerdo a lo que marca la Ley y costumbres.
Que este cuerpo estima procedente la adquisición atento que el precio pactado es sumamente conveniente conforme los valores de plaza y asimismo permite contar con una mayor superficie a los fines de continuar la construcción del edificio municipal colindante a los terrenos.
Que por todo ello se resuelve autorizar la adquisición tal cual se solicita.
Por todo ello;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
Artículo Primero: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a adquirir en forma directa a las Srtas. Emilia o Emilia Ana Del Boca y Natalia Teresa o Angela Natalia Del Boca dos (2) terrenos sitos en calle Bartolomé Mitre entre calles José Hernández y Paraná de esta ciudad de Oncativo, ubicados en la manzana catastral N° 104, designados con los N° 10 y 11, con una superficie de 481,65 m2 cada uno de ellos, en la suma total de pesos nueve mil ($ 9.000) pagaderos de la siguiente forma: la suma de pesos tres mil ($ 3.000) al momento de firmarse el boleto de compraventa y el saldo restante en cinco cuotas de pesos un mil doscientos ($ 1.200) cada una.
Artículo Segundo: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a abonar los costos de la escritura traslativa de dominio de los lotes referenciados que le correspondan en su carácter de adquirente de los mismos.
Artículo Tercero: Remítase copia de la presente a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.
Artículo Cuarto: De forma.
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL UNO.
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