ORDENANZA N° 1533/ 01

VISTO:

La Ordenanza N° 1459/00, y;

CONSIDERANDO:

Que la mencionada norma autorizó al Departamento ejecutivo Municipal a adquirir en forma directa a la firma BI.CU.PI.RO S.A. equipamiento para el área de servicios consistente en: a) un semirremolque de vuelco trasero en la suma de pesos veinte mil novecientos ($20.900) y b) treinta contenedores metálicos en la suma de pesos seiscientos veinte ($620) más IVA cada uno.

Que es la ordenanza referenciada se omitió especificar que el precio del semirremolque descripto en el apartado a) – al igual que el de los contenedores – era más IVA.

Que en virtud de ello resulta necesario modificar el art. n° 1 de la citada ordenanza corrigiendo la omisión mencionada en el párrafo anterior.

Por todo ello;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE ONCATIVO

 SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA:

Artículo Primero: Modificase el Art. N° 1 de la Ordenanza N° 1.3459/2000, el que quedará redactado de la siguiente manera: “AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a Adquirir en forma directa a la firma BI.CU.PI.RO S.A. un (1) semirremolque de vuelto trasero en la suma de pesos veinte mil novecientos ($20.900) más I.V.A.”

Artículo Segundo: Remítase copia de la presente a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.

Artículo Tercero: De forma.

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS SEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO.

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