ORDENANZA N° 1557/02

VISTO:

El Programa de viviendas ciudad solitaria y sustentable del proyecto Núcleo Básico Habitacional, y;

CONSIDERANDO:

Que el proyecto contempla la construcción en la ciudad de Oncativo de viviendas de carácter social para dar respuesta a los sectores de menores recursos.

Que se prevé que los beneficiarios del programa participen en la construcción de las viviendas, con la colaboración de integrantes del programa Jefes de Familia, mediante la confección de dos registros, uno en el cual se inscriban Oncativo, que no posean vivienda propia y sean sostenes de familia, y otro registro con personas con idénticas características a los anteriores, pero que además acrediten conocimientos como oficiales en albañilería y construcción

Que los inscriptos en el registro con conocimientos en construcción deberán construir, con la colaboración de sus familiares y de integrantes del programa jefes de familia, dos viviendas del proyecto, las que luego de concluidas serán adjudicadas mediante sorteo, una al beneficiario constructor, y otra al beneficiario del registro de personas sin conocimientos de albañilería.

Que los recursos para afrontar la construcción serán aportados por el gobierno municipal mediante un subsidio reintegrable de $15.000 para la construcción cada uno de los grupos de dos núcleos, siendo estos recursos los que el municipio obtiene del alquiler percibido por las empresas de telefonía celular.

Que este cuerpo estima que la iniciativa es adecuada para afrontar el problema habitacional que sufren los ciudadanos de bajos recursos.

Por todo ello;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE ONCATIVO

 SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Primero: Apruébese el Proyecto Núcleo Básico Habitacional, el cual pasa a formar parte integrante de la presente ordenanza.

Artículo Segundo: Remítase copia a los organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.

Artículo Tercero: De forma.

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DOS.

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