ORDENANZA N° 1565/02

VISTO:

El ofrecimiento de donación efectuado por el Sr. Sergio Leonardo Serra, D.N.I. 17.361.007, de esta ciudad, de una superficie de diez mil seiscientos setenta y cuatro con sesenta y dos metros cuadrados (10.674,62 m2), que es parte de una fracción mayor de terreno, ubicado en lote 1 de la Manzana 168 y fracción 262-7762, que colinda al Noroeste con Eladio Constantini, al Sureste con Club Deportivo y Cultural Unión, al Sur Oeste con prolongación de Calle Cuba, Uruguay y Guatemala, y con los fondos de los lotes propiedad de Rodríguez Héctor, Baretta Mingo, Lorenzatti Oscar, Ramos Raúl, Margaría Diego, Caballero Herminio, Mercado Ramón, Millan Marcelo, Villafañe Carlos, Jaluf José María, Manaut Gabriel, Olivero Diego, Peralta Eduardo, Vligliano Viviana y Biano Rodrigo, y;

CONSIDERANDO:

Que la mencionada donación formula por el Sr. Sergio Leonardo Serra, propietario del terreno, permitirá, las aperturas de calles que servirá de comunicación con calles Uruguay, Cuba, Guatemala y Camino a las Junturas.

Que los espacios donados por el Sr. Sergio Leonardo Serra, para calles públicas, cuentan con infraestructura de agua corriente, postación para energía eléctrica y cordón cuneta, que construirá la Cooperativa Eléctrica de Oncativo, se adjunta copia del contrato respalda torio, y el alumbrado público estará a cargo del propietario que se obliga a través de la presente a realizar dicha obra.

Que conforme al Art. 30, inc. 19 de la Ley Orgánica Municipal N° 8102, es facultad del Honorable Concejo Deliberante aceptar las donaciones y legados hechos al municipio.

Que el encargado de la Oficina Técnica del Área de Obras Públicas del municipio informó que el trámite de aprobación de loteos por ante la Dirección General de Catastro se inicia presentando un plano donde se designa la nomenclatura de lotes y manzanas, como previo a la visación del mismo, y que luego de ello y a los fines de la aprobación definitiva es necesario contar con la ordenanza de aceptación de la donación de los espacios destinados a calla demarcados en el plano presentado originalmente.

Por todo ello;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE ONCATIVO

 SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA:

Artículo Primero: Aceptase la donación efectuada a la Municipalidad de Oncativo por el Sr. Sergio Leonardo Serra, D.N.I. 17.361.007 de una superficie de diez mil seiscientos setenta y cuatro con sesenta y dos metros cuadrados (10.674,62 m2), que se compone de la siguiente manera: 1.128,12 m2 compuesto por 12,00 mts de ancho y 94,01 mts. de largo, que son la prolongación de la actual calle Guatemala, 2.630,00 m2 compuesto de 20,00 mts. de frente por 131,50 mts. de largo, que son prolongación de calle Uruguay, 1.972,50 m2 compuestos de 15,00 mts. de frente por 131,50 mts. de largo que son la prolongación de calle Cuba, 2.160,00 m2 compuestos 12,00 mts. de frente por dos tramos de 90,00 mts. que son para la creación de la calle pública, y 2.784,00 m2 compuestos de 12,00 mts. de ancho por dos tramos 90,00 mts. y uno de 52,00 mts. de largo, para la creación de una calle pública.

Artículo Segundo: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir toda la documentación que fuere pertinente a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo precedente.

Artículo Tercero: De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DOS.

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