VISTO:
La solicitud del Departamento Ejecutivo Municipal de autorización para aceptar en donación un lote de terreno, ubicado en calle La Tablada de esta ciudad, perteneciente al Centro de Jubilados y Pensionados de la Ciudad de Oncativo, y;
CONSIDERANDO:
Que la fracción de terreno a donar a la Municipalidad de Oncativo está ubicada en calle La Tablada de esta ciudad, es el lote N° 3, parcela 18, Manzana Oficial 4, Manzana Catastral 073, Cir.1, Sección 1 ubicado al norte de la vía férrea de nuestra ciudad.
Que es decisión de este Centro de Jubilados y Pensionados de la ciudad de Oncativo, donar al Municipio el lote de referencia con todo lo clavado y plantado cobre él, atento de dicha propiedad fue adquirida con recursos de los vecinos de Oncativo, por lo que es intención de este cuerpo que el mismo sea patrimonio de toda la comunidad.
Asimismo este Cuerpo de Jubilados y Pensionados de nuestra ciudad solicita la concesión por noventa y nueve años de la propiedad de referencia, para ser utilizada a los fines de la creación de esta prestigiosa institución.
Por todo ello;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
Artículo Primero: Autorizase al D.E.M. a aceptar en donación un lote de terreno, ubicado en calle La Tablada de esta ciudad, perteneciente al Centro de Jubilados y Pensionados de la ciudad de Oncativo, el cual se encuentra descripto en los considerandos de la presente.
Artículo Segundo: Concédase al Centro de Jubilados y Pensionados de la ciudad de Oncativo por el termino de 99 años, el usufructo de la propiedad de referencia, siempre que la utilización de la misma sea concordante a los fines de esta institución.
Artículo Tercero: Remítase copia a los organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.
Artículo Cuarto: De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES A LOS TRES DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOS.
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