ORDENANZA N° 2597 / 24

VISTO:

La Ley 8102 en materia de distribución de competencias y requisitos legales establecidos en Ordenanza vigente de Compras y Contrataciones N°1675/04, Título III DE LAS CONTRATACIONES DE EXCEPCIÓN, especialmente el Art. 24 del mencionado cuerpo legal y el Proyecto de Ordenanza elevado por el D.E.M. solicitando la autorización para adquirir en forma directa, y;

CONSIDERANDO:

La necesidad de la Municipalidad de Oncativo de la adquisición de un camión, atento el estado de deterioro existente en todos los equipos con los que cuenta el Municipio.

Que se ha recibido una calificación positiva del Banco de la provincia de Córdoba ante la consulta del D.E.M. sobre alternativas de crédito por hasta la suma de pesos ciento treinta millones ($ 130.000.00,00) bajo la línea de crédito para la adquisición de MAQUINARIA AUTOPROPULSADA PARA EL SECTOR PÚBLICO.

Que se fundamenta el régimen de contratación de excepción elegido, por la inflación existente, con el consiguiente cambio en los precios con celeridad, no resultando conveniente encarar un proceso licitatorio que demore la compra y deteriore las posibilidades de adquisición en el mercado y en consecuencia generen un perjuicio al patrimonio público.

Que a los fines comparativos el D.E.M. ha solicitado presupuestos de camiones con las mismas características, pero distintas marcas, y que puedan ser eficientemente afectados al servicio público, que se adjuntan a la presente a los fines de que este HCD otorgue autorización para la compra en concreto.

Por todo ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE ONCATIVO

 SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Primero: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a adquirir en forma directa a la firma BETA S.A. (1) una unidad marca IVECO modelo TECTOR ATTACK 170E21 CHASIS CABINA SIMPLE, hasta la suma de PESOS CIENTO SEIS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA NOVECIENTOS SESENTA Y UN MIL SETECIENTOS CON 00/ CTVOS ($ 106.961.700,00); conforme especificaciones técnicas que se acompañan y en un todo de acuerdo a la cotización que pasa a formar parte integrante de la presente.

Artículo Segundo: FACÚLTESE al Departamento Ejecutivo Municipal a convenir los términos, plazos y condiciones de pago del precio y a suscribir toda la documentación que sea necesaria a los fines de cumplimentar con lo dispuesto en los artículos precedentes. 

Artículo Tercero: Publíquese, dese copia y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.

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