VISTO:
El pedido de vecinos del sector; el Informe elevado por el Dir. De Movilidad Urbana y Tránsito, Sr. Javier Juárez, y;
CONSIDERANDO:
Que es oportuno adoptar medidas que mejoren y ordenen la circulación vehicular, debido al crecimiento del parque automotor.
Que el Área Movilidad Urbana y Tránsito elaboró un informe basado en el estudio del flujo vehicular del sector pertinente de nuestra ciudad, atendiendo numerosas solicitudes de vecinos de la zona, el cual considera pertinente:
- Que calle 25 de mayo, cambie su sentido de circulación, desde calle Sucre a Independencia, con sentido único de Sur a Norte.
El mencionado informe se adjunta a la presente formando parte de la misma.
Que analizado por este Honorable Concejo Deliberante las modificaciones planteadas conforme el informe elevado se consideran atinadas.
Por todo ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones
sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo Primero: APRUEBESE el cambio de circulación:
- Que calle 25 de mayo, cambie su sentido de circulación, desde calle Sucre a
Independencia, con sentido único de Sura Norte.
Artículo Segundo: FACÚLTASE al DEM y/o autoridad de aplicación o a quien éste designe, a
reglamentarla presente Ordenanza, ponerla en vigencia de manera progresiva en la forma y los
plazos que establezca.
Artículo Tercero: SUSPENDASE por el plazo de sesenta (60) días hábiles la imposición de
sanciones a automovilistas, ciclistas y peatones que contravengan la presente normativa, a partir
del cambio de circulación de la calle determinada con la nomenclatura correspondiente.
Artículo Cuarto: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar las erogaciones
que fueren necesarias, para realizar la señalética adecuada que identifique a esa vía de
comunicación peatonal terrestre, con el nombre impuesto a través de la presente normativa.
Artículo Quinto: COMUNIQUESE, Publíquese, Dese al Registro Municipal y Archívese.
Artículo Sexto: De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VENTICINCO.
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