VISTO:
La necesidad de asignar nombre a un espacio verde de recreación, actividades y esparcimiento de nuestra Ciudad, y;
CONSIDERANDO:
Que los vecinos hacen uso de estos espacios y es de gran importancia asignarles nombres que permitan identificarlos con facilidad.
Que se propone para el espacio en cuestión, nombre en honor y memoria de su Santidad Francisco I, designado como “Sendero Saludable PAPA FRANCISCO”.
Este Sendero Saludable que inicia en la calle Buenos Aires entre José Hernández y Desvío Tránsito Pesado (Ref. tope Ecoparque Elvita) es un espacio de esparcimiento, y conexión con la naturaleza, que fomenta el bienestar de la comunidad y brinda un lugar más para uso de los peatones o actividades físicas moderadas no motorizadas.
Que, el Papa Francisco es un referente mundial en la promoción de la ecología, la paz y la justicia social, destacándose su llamado a construir una sociedad más solidaria y respetuosa del medio ambiente.
Que, su encíclica «Laudato Si’» ha inspirado iniciativas globales de desarrollo sostenible, resaltando la importancia de cuidar la creación y promover estilos de vida saludables.
Que, el Ecoparque Elvita es un espacio de gran valor ambiental para la ciudad, y este sendero fortalece su integración con la comunidad, facilitando el acceso a un entorno natural protegido.
Que, nominar este camino como «Sendero Saludable Papa Francisco» constituye un justo homenaje a su figura y un recordatorio permanente de los valores de solidaridad, ecología y vida saludable que deben guiar a nuestra sociedad.
Que este Concejo interpretó acabadamente los fundamentos que dieron lugar a esta iniciativa, y en mérito a la importancia de los espacios verdes en cuestión, entiende que es de estricta justicia, que lleve ese nombre.
Por todo ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
Artículo Primero: DESÍGNESE al espacio comprendido que inicia en la calle Buenos Aires entre José Hernández y Desvío Tránsito Pesado (Ref. tope Ecoparque Elvia), según plano adjunto que acompaña el proyecto, Sendero Saludable “Papa Francisco”.
Artículo Segundo: COLÓQUESE cartel identificatorio con el nombre al espacio mencionado en el Art 1°.
Artículo Tercero: IMPÚTENSE los gastos emergentes de la aplicación de la presente Ordenanza al presupuesto vigente.
Artículo Cuarto: De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VENTICINCO.
DECRETO PROMULGATORIO N° 081
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