VISTO:
El Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal y;
CONSIDERANDO:
Que en fecha 13/05/25 fue sancionada la ordenanza 2656/25, pero que posteriormente, con fecha 14/05/2025, el Gobierno de la Provincia de Córdoba notificó por e-mail el cambio de denominación FONDO FEDERAL (ex Fondo Permanente) y la ordenanza con formalidades especiales para solicitarlo.
Por lo tanto, hay que sancionar una nueva Ordenanza y derogar la anterior atento a que la Ordenanza referida versa sobre la misma solicitud.
Por todo ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
Artículo Primero: DERÓGASE la Ordenanza N° 2656/25.
Artículo Segundo: Comuníquese, Publíquese, Dese al Registro Municipal y Archívese.
Artículo Tercero: De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VENTICINCO.
DECRETO PROMULGATORIO N° 087
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