ORDENANZA N° 2666 / 25

VISTO:

La Ley N° 8102 en materia de distribución de facultades y autorizaciones de venta por parte del HCD de carácter obligatorio atento la condición de facultad exclusiva del cuerpo legislativo, asimismo el presente proyecto de Ordenanza elevado por el D.E.M. para adjudicar lotes en el Polo Industrial Oncativo y;

CONSIDERANDO:

Que por Ordenanza N° 1756/06 se dispuso la creación en la ciudad de Oncativo de un nido de empresas llamado «POLO INDUSTRIAL ONCATIVO» para la radicación de pequeños y medianos proyectos de desarrollo productivo, a cuyo fin autorizó al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder a la venta de terrenos de propiedad del municipio que colindan con la Planta de Separación de Residuos Sólidos Domiciliarios y con el sector ocupado por la Agrupación Gaucha Canario Peralta.

Que asimismo el referido plexo legislativo estableció un procedimiento a fin de que los interesados en adquirir dichos terrenos presenten un resumen ejecutivo de su proyecto, detallando el rubro y la actividad a desarrollar, anteproyecto de los planos ejecutivos y de la inversión de las obras a ejecutar dentro del terreno que estimen necesario, precisando el tiempo de ejecución y terminación de las obras, equipamiento que instalaría para la puesta en marcha del proyecto y cantidad aproximada de personal a la que se le daría trabajo una vez que el proyecto estén actividad productiva.

Que asimismo el Art. 5to de la referida ordenanza expresa que …una vez que los interesados presenten sus proyectos por ante el Departamento Ejecutivo Municipal, este procederá a la evaluación y posterior informe, determinando el tamaño de terreno que se le ofrecería a cada interesado para instalarse en el sector. Los lotes para vender serán adjudicados según las necesidades de cada proyecto y se irán adjudicando por el orden de presentación de estos. El informe en Cuestión deberá ser elevado por el Departamento Ejecutivo al Concejo Deliberante para su ratificación…»

Que en cumplimiento de dicha disposición el Departamento Ejecutivo Municipal elevó para su ratificación las siguientes adjudicaciones:

PROYECTO N° 1) Un lote de terreno de 16.65 mts x 30mts. GRUGNOLETTI, Mario Alberto, Construcción de la segunda etapa de galpón para instalar Taller metalmecánico.

PROYECTO N° 2) Dos lotes: 1 lote de 3Om x 30m y 1 lote de 16.65mx 30m, VASCHETTO Leopoldo Mariano, depósito de áridos, oficinas y estacionamiento.

Que, analizados por este Cuerpo, se estima conveniente ratificar las adjudicaciones realizadas.

Por todo ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE ONCATIVO

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA:

Artículo Primero:  AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder a la venta de los terrenos propiedad del Municipio, en el denominado «Polo Industrial Oncativo’, en un todo de acuerdo con lo establecido por Ordenanzas N° 1756/06 y N° 1981/11, concretando la adjudicación de los siguientes proyectos: PROYECTO N° 1) Un lote de terreno de 16.65 mts x 30mts. GRUGNOLETTI, Mario Alberto, Construcción de la segunda etapa de galpón para instalar Taller metalmecánico, Con un precio en PESOS equivalente a DÓLARES ESTADOUNIDENSES DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTAY DOS CON 50/00 (U$S17.482,50).

PROYECTO N° 2) Dos lotes: 1 lote de 30m x 3Om y 1 lote de 16.65m x 30m, VASCHETTO Leopoldo Mariano, depósito de áridos, oficinas y estacionamiento, con un precio en PESOS equivalentes a DOLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS CON 50/00 (U$S 48.982,50).

Articulo Segundo: REMÍTASE Copia del presente a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.

Artículo Tercero: Comuníquese, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.

DECRETO PROMULGATORIO N° 105

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