VISTO:
La Ley N° 8102, el programa de Obras periodo 2025, sustentado en Ordenanza N°418/88, Ordenanza N°2663/25, Concurso de Precios N°21/25, Concurso de Precios N°22/25 y la Obra de ejecución de la Obra de “PAVIMENTACIÓN CALLE PUEYRREDÓN – ZONA 6”, y;
CONSIDERANDO:
Que la obra de referencia tiene como marco general la Ordenanza N.º 418/88 y se ejecuta por terceros, estando enmarcada bajo el régimen de contribución por mejoras, razón por la cual el costo de la misma se recupera con el cobro a los vecinos beneficiados.
Que el valor del metro cuadrado del pavimento para la calle Pueyrredón – Zona 6 es de PESOS CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON ONCE CENTAVOS ($ 44.464,11).
Que se adjunta al Concejo Deliberante para su aprobación la pertinente planilla elaborada por el Departamento Ejecutivo a los fines del control de costo que legalmente corresponde.
Que, por tratarse de obras dirigidas a mejorar la calidad de vida de los vecinos, este D.E.M. estima conveniente aprobar la ejecución del proceso de cobro de la mencionada obra, a los beneficiarios del mismo, por vía contribución por mejoras.
Por todo ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Primero: ESTABLÉCESE que el valor del metro cuadrado del pavimento para la calle Pueyrredón – Zona 6 es de PESOS CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON ONCE CENTAVOS ($ 44.464,11), todo ello según detalle que figura como ANEXO 1.
Artículo Segundo: AUTORIZASE al D.E.M. a determinar los planes de pago, vía decreto reglamentario de la presente ordenanza.
Artículo Tercero: De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.
DECRETO PROMULGATORIO N° 211
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