VISTO:
La Ley 8102 en materia de distribución de competencias, art 30 y 49 así como CCT aplicable, el convenio condicional de retiro voluntario formulado por el D.E.M con el Sr. CLAUDIO GABRIEL VELEZ, D.N.I. Nro. 16.312.868, con la participación del SINDICATO DE EMPLEADOS MUNICIPALES DE LA CIUDAD DE ONCATIVO como veedor del acuerdo respectivo y;
CONSIDERANDO:
Que el Trabajador Sr. CLAUDIO GABRIEL VELEZ, D.N.I. Nro. 16.312.868 y el D.E.M han suscripto un acuerdo condicional de retiro voluntario con una compensación económica.
Que luego de tratativas entre las partes de la relación laboral, con la participación del SINDICATO DE EMPLEADOS MUNICIPALES DE LA CIUDAD DE ONCATIVO, como veedor del acuerdo y en protección de los intereses del trabajador, se ha arribado a un acuerdo condicional que se adjunta a la presente como ANEXO 1, sujeto a la aprobación por el HCD del mismo.
Que el acuerdo es beneficioso para ambas partes por responder a los intereses del trabajador y de la administración en forma coincidente.
Que lo peticionado se estima conveniente, habida cuenta que existen antecedentes de ordenanzas en particular otorgando este tipo de beneficio a otros ex agentes municipales.
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Primero: ACÉPTASE el convenio de Retiro Voluntario formulado por el Sr CLAUDIO GABRIEL VELEZ, D.N.I Nro. 16.312.868, empleado de la planta permanente de la Municipalidad de Oncativo y RATIFICASE el acuerdo suscripto el 29 de diciembre de 2025 entre el D.E.M y el Trabajador, que se acompaña a la presente ordenanza como anexo 1.
Artículo Segundo: AUTORICESE al D.E.M a una vez cumplida la condición suspensiva, a abonar la gratificación convenida en el mencionado acuerdo en la forma acordada.
Artículo Tercero: De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VENTICINCO.
DECRETO PROMULGATORIO N° 001/26
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