VISTO:
El Art. 30 de la Ley N° 8.102; el proyecto elevado por el D.E.M. y las notas presentadas por el Sr. Gustavo Andrés Martino, Documento Nacional de Identidad N° 25.692.945; en carácter de representante del Fideicomiso San Antonio Sociedad por Acciones, por el cual se solicita que se acepte la Donación del Lote 100 de la Manzana 299, destinada al Dominio Público Municipal para su afectación a Espacio Verde y de los POLÍGONOS destinados al Dominio Público Municipal para su afectación a Calle Pública, a favor de la Municipalidad de Oncativo, resultantes del Plano de Mensura y Subdivisión confeccionado sobre la Parcela identificada con Nomenclatura Catastral 27-08-16-01-02-124-100, Cta.27-08-4270183/7, Matrícula 1.757.967, y;
CONSIDERANDO:
Que el espacio de terreno a afectar al Dominio Público es parte de una mayor superficie identificada con la Nomenclatura Catastral 27-08-16-01-02-124-100, Cta. 27-08-4270183/7, Matrícula 1.757.967, sobre la cual existe un Plano de Mensura y Subdivisión visado por la Municipalidad de Oncativo con fecha 8 de agosto de 2.023, en cumplimiento con la Ordenanza Municipal 1993/11, confeccionado por el Ing. Hugo A. Luján MP 3269, formando el mismo, parte del expediente municipal.
Que es atribución de este Concejo aceptar las donaciones que le hicieren al Estado municipal.
Que, de conformidad con lo informado por la Secretaría de Infraestructura y Ambiente de este Municipio, para la realización de las distintas obras y la realización de trámites ante organismos provinciales, es necesario contar con la ordenanza en donde se produce aprobación del fraccionamiento y aceptación de los espacios destinado a calles y espacios verdes, requisito exigido por estos organismos.
Que a tales fines se resuelve aceptar la donación de los polígonos que se describen a continuación, y que forman parte del fraccionamiento, el cual deberá cumplimentar la totalidad de las exigencias previstas por el Plan de Ordenamiento Urbano y Código de Edificación vigente.
Por todo ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Primero: ACÉPTASE la donación del Lote 100 de la Manzana 299, destinado al Dominio Público Municipal para su afectación a Espacio Verde, efectuada por el Sr. Gustavo Andrés MARTINO, Documento Nacional de Identidad N° 25.692.945, en carácter de Representante del Fideicomiso San Antonio Sociedad por Acciones, a favor de la Municipalidad de Oncativo, según plano de Mensura y Subdivisión que se acompaña al presente, confeccionado por el Ing. Civil Hugo. A. LUJAN M.P.3269, designados como:
- LOTE destinado a Espacio Verde ubicado en el Departamento Río Segundo, Pedanía de Impira, de la Localidad de Oncativo, lugar al Sud de la vía férrea de la Cdad. de Oncativo, sobre Calle Pública designado como Lote 100 de la Manzana 299, que se describe como sigue: PARCELA de 4 lados, que partiendo del vértice 2 ubicado al Sureste con ángulo interno de 90°00’ y rumbo Suroeste hasta el siguiente vértice 3 mide 10,00 m (lado 2-3) colindando con Parcela 101 de la Manzana 124; desde este vértice con ángulo interno de 90°00’ hasta el siguiente vértice 6 mide 87,80 m colindando con Calle Pública; desde este vértice con ángulo interno de 90°00’ hasta el siguiente vértice 7 mide 10,00 m colindando con Calle Castelli; desde este vértice con ángulo interno de 90°00’ hasta el vértice inicial 2 mide 87,80 m colindando con Calle Pública; cerrando la figura con una SUPERFICIE de 878,00 m².
Artículo Segundo: ACÉPTASE la donación de los POLIGONOS destinados al Dominio Público Municipal para su afectación a Calles Públicas, efectuada por el Sr. Gustavo Andrés MARTINO, Documento Nacional de Identidad N° 25.692.945, en carácter de Representante del Fideicomiso San Antonio Sociedad por Acciones, a favor de la Municipalidad de Oncativo, según plano de Mensura y Subdivisión que se acompaña al presente, confeccionado por el Ing. Civil Hugo. A. LUJAN M.P.3269, designados como:
- POLÍGONO 1-2-7-8-1, que partiendo del vértice 1 ubicado al Sureste del polígono, con ángulo interno de 90°00’ y rumbo Suroeste hasta el vértice 2 (lado 1-2) mide 11,00 m, colinda con Parcela 101 de la Manzana 124; desde el vértice 2, con ángulo interno de 90°00’ hasta el vértice 7 (lado 7-2) mide 87,80 m, colindando con Lote 100 de la Manzana 299 destinada a espacio verde; desde el vértice 7 con ángulo interno de 90°00’ hasta el vértice 8 (lado 7-8) mide 11,00 m, colindando con calle Castelli; desde el vértice 8 con ángulo interno de 90°00’ hasta el vértice inicial 1 (lado 8-1) mide 87,80 m, colindando con Lotes 113, 125, 124, 123 y 122 todos de la Manzana 298, conteniendo la figura una superficie de 965,80 m².
- POLÍGONO 3-4-5-6-3, que partiendo del vértice 3 ubicado al Sureste del polígono, con ángulo interno de 90°00’ y rumbo Suroeste hasta el vértice 4 (lado 3-4) mide 11,00 m, colindando con Parcela 101 de la Manzana 124; desde el vértice 4 con ángulo interno de 90°00’ hasta el vértice 5 (lado 4-5) mide 87,80 m, colindando con Lotes 110, 109, 108, 107 y 106 todos de la Manzana 300; desde el vértice 5 con ángulo interno de 90°00’ hasta el vértice 6 (lado 5-6) mide 11,00 m, colindando con calle Castelli; desde el vértice 6 con ángulo interno de 90°00’ hasta el vértice inicial 3 (lado 3-6) mide 87,80 m, colindando con Lote 100 de la Manzana 299, conteniendo la figura una superficie de 965,80 m².
Artículo Tercero: DERÓGASE la Ordenanza 2695/2025.
Artículo Cuarto: REMÍTASE copia a los organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.
Artículo Quinto: De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A TREINTAIÚN DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS.
DECRETO PROMULGATORIO N° 044/26
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