Ordenanza N°1956/11

VISTO:
El Convenio de Obra Pública celebrado y/o a celebrarse por el Departamento Ejecutivo Municipal con el Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba para la ejecución de la Obra “Construcción de dos aulas especiales en el IPEM Nº 158 – Leopoldo Lugones”, y

CONSIDERANDO:
Que en virtud del mencionado convenio nuestro Municipio se compromete a ejecutar la obra de referencia y el Gobierno Provincial a aportar para la concreción de la misma la suma de $ 272.000.-
Que dicho convenio se celebró ad-referéndum del Concejo Deliberante.-
Que atento la finalidad del mismo este cuerpo estima conveniente su aprobación.-
Por todo lo expuesto,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
En uso de sus atribuciones
Sanciona con fuerza de

ORDENANZA

Artículo Nº 1:
APRUEBASE el Convenio de Obra Pública para la ejecución de la Obra “Construcción de dos aulas especiales en el IPEM Nº 158 – Leopoldo Lugones” celebrado y/o a celebrarse entre el Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba y la Municipalidad de Oncativo, el cual pasa a formar parte integrante de la presente.-

Artículo Nº 2:
De forma.-

DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL ONCE.-

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