Ordenanza N°1995/12

VISTO:
La próxima finalización e inauguración de los puentes construidos sobre el canal de desagüe sobre las calles Falucho y Tomás Garzón con acceso a la calle Juan Pablo II; y

CONSIDERANDO:
Que ello constituye un viejo anhelo, cual es la habilitación de esas vías de acceso para beneficiar el tránsito vehicular y la comunicación de populosos barrios de nuestra Ciudad.-
Que constituye el acceso directo desde la autopista Córdoba a Rosario al Centro de Oncativo.-
Que es necesario regular la circulación de vehículos y peatones.-
Que se requiere la instalación de semáforos en la intersección de calle Falucho con calle Juan Pablo II.-
Que es conveniente regular la orientación del tránsito estableciendo sentido único a cada uno de los puentes.-
Que el tránsito en la calle Juan Pablo II es intenso e incesante, como así mismo el incremento notable de peatones y ciclistas que utilizan la zona.-
Que se ha advertido que las calles pavimentadas son m más proclives para transitar, desarrollando velocidades mayores de las permitidas, trayendo aparejado un incremento de la peligrosidad en desmedro de los ciudadanos, siendo conveniente instalar los reductores de velocidad vial de moderada configuración.-
Por todo lo expuesto,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones,
sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

Artículo Primero:
DISPONESE: la instalación de un semáforo en la intersección de la calle Falucho y Juan Pablo II de esta Ciudad de Oncativo.-

Artículo Segundo:
FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a determinar los tiempos, movimientos y giros en distintos sentidos del tránsito vehicular.-

Artículo Tercero:
ESTABLECESE mano única de circulación para el tránsito vehicular sobre calle Falucho entre Piacenza y Juan Pablo II, en sentido noroeste sureste.-

Artículo Cuarto:
ESTABLECE el giro obligatorio a la derecha en calle Juan Pablo II en la intersección con calle Tomás Garzón, viniendo desde la autopista hacia el centro de la ciudad, debiendo ingresar a la vía ubicada al norte del canal de desagüe de la calle Tomás Garzón.-

Artículo Quinto:
ESTABLECE mano única de circulación para el tránsito vehicular sobre calle Tomás Garzón entre Juan Pablo II e Intendente Matta, en la calle ubicada al norte del canal de desagüe de la calle Tomás Garzón, en sentido sureste noroeste.-

Artículo Sexto:
PROHIBESE la circulación de tránsito pesado por calle Juan Pablo II, entre la isleta de la circunvalación y la calle Tomás Garzón.-

Articulo Séptimo:
AUTORICESE al Departamento Ejecutivo Municipal a colocar limitadores de altura en calle Juan Pablo II, entre la isleta de la circunvalación y la calle Tomás Garzón, estableciendo dos metros con treinta y cinco centímetros ( 2,35 mts) de altura máxima .-

Artículo Octavo:
FACULTASE el Departamento Ejecutivo Municipal a instalar reductores de velocidad vial de moderada configuración, ubicándolos sobre calle Juan Pablo II, entre la isleta de la circunvalación y la calle Tomás Garzón y sobre calle Tomás Garzón entre la calle Juan Pablo II e Intendente Matta.-

Artículo Noveno:
INSTÁLESE la señalización vial horizontal y vertical, acorde a las disposiciones precedentes .-

Articulo Décimo:
De forma .-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DOCE.-

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