VISTO:
El proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal solicitando la aprobación del Convenio de fecha 30 de Agosto del 2012 denominado “Acuerdo de Cooperación Institucional, Fiscal y Financiero entre la Provincia de Córdoba y los Municipios y Comunas bajo su jurisdicción” y
CONSIDERANDO:
Que se considera beneficioso para los Municipios y Comunas de la Provincia de Córdoba el presente convenio.-
Que el mismo permitirá consolidar la cooperación institucional, fiscal y financiera entre las jurisdicciones Provincial y Municipal a través de las siguientes medidas:
Cese de operatividad del Fondo Anticrisis y Saneamiento Municipal (FASAMU) retroactivo al día 1º de Enero de 2012.-.
Suspensión del pago de cuotas y aportes al Fondo Permanente para la Financiación de Proyectos y Programas de Gobiernos Locales de la Provincia de Córdoba, desde el 1º de Agosto de 2012 y el 31 de Enero de 2013.-
Con relación al FO.FIN.DES. realizar un relevamiento tendiente a analizar la eventual corrección de índices.-
Conciliación de deudas con la Provincia y nuevos convenios de pago.-
Cooperación fiscal a través de asistencia técnica, cobro de tributos unificados, Código Tributario Municipal Unificado y otros.-
Por todo lo expuesto:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones,
sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo Primero:
APRUÉBASE en los términos del artículo 190 de la Constitución Provincial y 183 de la Ley 8102, el Convenio de fecha 30 de agosto de 2012 denominado “Acuerdo de Cooperación institucional, fiscal y financiero entre la Provincia de Córdoba y los Municipios y Comunas bajo su jurisdicción”, suscripto entre los Señores Intendente Municipal y Gobernador de la Provincia, el cual como Anexo I forma parte integrante de la presente Ordenanza.-
Artículo Segundo:
De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.-
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