VISTO:
El Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal por el cual se solicita se acepte la donación efectuada por los Sres. Darío José Dottori, Ana Luisa Dottori y Gustavo Ricardo Dottori, de espacios de terreno de su propiedad, para ser afectados a calles y espacios verdes, y:
CONSIDERANDO:
Que el espacio de terreno a afectar para calles, veredas y espacios verdes se encuentra descrito en el plano de Subdivisión y Loteo ejecutado por la Ingeniero Civil Miguel G. Baretta Matricula Profesional Nº 1697/9.-
Que es atribución de este Concejo aceptar las donaciones que le hicieren al Estado Municipal.-
Que de conformidad con lo informado por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de este Municipio, para la realización de las distintas obras de infraestructura de servicios y la realización de trámites ante Organismos Provinciales, es necesario contar con la Ordenanza en donde se produce la aceptación de los espacios destinados a calles y espacios verdes, requisito exigido por estos organismos.-
Que a tales fines se resuelve aceptar la donación, sin que ello implique la aprobación definitiva del loteo, el cual deberá cumplimentar la totalidad de las exigencias previstas por el Plan de Ordenamiento Urbano y Código de Edificación vigente.-
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones,
sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo Primero:
ACEPTESE la donación efectuada a favor de la Municipalidad de Oncativo, por los Sres. Darío José Dottori, Ana Luisa Dottori y Gustavo Ricardo Dottori, de espacios de terrenos de su propiedad, para ser afectados al Dominio Público, descriptas en el Plano de loteo y Subdivisión ejecutado por el Ingeniero Civil Miguel Gerónimo Baretta, matrícula profesional Nº 1697/9, designado como polígono 1,2,3,25,1 (ensanche de calle Libertad) con una superficie de 1070,97 m2; polígono 8,9,28,44,8 con una superficie de 2804,77 m2. y polígono 3,4,5,26,3 (ensanche de calle Tomás Garzón) con una superficie de 3638,16 m2.
Artículo Segundo:
ACEPTASE: La donación de la superficie de terreno que se designa a continuación, con destino al Dominio Público (Espacio Verde) Fracción destinada a Espacio Verde, polígono 45, 46, 47, 48, 45 con una superficie de 597,5 m2.
Esta propiedad se encuentra inscripta en el Registro de la Propiedad de la Provincia de Córdoba al número de Matrícula Folio Real 1.296.344 y empadronada en la Dirección General de Rentas con el número 2708-2801275/1.-
Artículo Tercero:
COMUNIQUESE, Publíquese, dese al Regsitro Municipal y Archívese.-
Artículo Cuarto:
De forma.-
DADA EN LA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS VEINTNUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.-
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