VISTO:
La Ordenanza 2067/13.-
Y CONSIDERANDO:
Que la misma aprueba el contenido del convenio suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Córdoba y las Municipalidades de Oncativo y Las Junturas y la Comuna de Colonia Videla para la realización de la obra de pavimentación de la Ruta Provincial S 352, tramo Oncativo – Colonia Videla.-
Que el DEM solicita autorización para el llamado a concurso de antecedentes técnicos y capacidad operativa para la realización de la mencionada obra.-
Que además el DEM solicita autorización para ceder los certificados de cobro a la empresa que resulte adjudicataria de dicho concurso, para que ella sea la encargada de efectivizar su pago ante el Gobierno de la Provincia de Córdoba.-
Por todo lo expuesto:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones,
sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo Primero:
AUTORIZASE al DEM a llamar a concurso de antecedentes técnicos y capacidad operativo para la realización de la obra de preparado de subrrasante de la Primera Etapa de la obra de la Ruta Oncativo – Pozo del Molle, tramo Oncativo – Colonia Videla según el convenio aprobado por ordenanza 2067/13.-
Artículo Segundo:
DISPONESE que el concurso antes mencionado deberá tener como referencia para la calificación de las empresas participantes lo establecido por el Decreto 809/96 del Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba y sus modificatorias.-
Artículo Tercero:
AUTORIZASE al DEM a ceder los certificados de cobro de la obra de referencia a la empresa que resulte adjudicataria del concurso antes mencionado.-
Artículo cuarto:
REMITASE copia a los Organismo pertinentes a los fines que hubiere lugar.-
Artículo quinto:
De forma.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.-
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