Ordenanza N°2140/15

VISTO:
El Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal, por el cual solicita autorización para otorgar una ASIGNACION NO REMUNERATIVA POR UNICA VEZ de $ 500,00 (Pesos: Quinientos), y 

CONSIDERANDO:
Que dicho acuerdo se fundamento en la necesidad de ir paliando, de acuerdo a las posibilidades ciertas del Estado Municipal, el deterioro sustancial que pudiera ir sufriendo el ingreso de los trabajadores Municipales.-
Que se trata de una Asignación No Remunerativa por única vez de $ 500,00 (Pesos: Quinientos) que se abonará  con los salarios del Mes de Mayo del 2015.-
Que así también y en concordancia con el Gobierno Nacional y Provincial, este Gobierno tiene la firme decisión de ir atendiendo y en las medidas de las posibilidades la recuperación del salario.
Que dicha asignación comprende a la totalidad de la planta de personal permanente, contratado y jornalizado, como así también a los funcionarios del D.E.M. en ejercicio de Direcciones, Subdirecciones y otras de las distintas tareas municipales, quedando exceptuados los cargos de Intendente, Secretarios de Departamento Ejecutivo, miembros del H.C.D. y miembros del H.T.C.
Que habiendo sido analizado el proyecto en cuestión elevado por el Departamento Ejecutivo, este cuerpo estima pertinente su aprobación.
Por todo lo expuesto,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones,
sanciona con fuerza de

ORDENANZA

Artículo Primero:
OTORGUESE, una  ASIGNACION NO REMUNERATIVA POR UNICA VEZ a abonarse con los salarios del Mes de Mayo del corriente.- 

Artículo Segundo:
FIJENSE el valor de la asignación en la suma de $ 500,00 (Pesos: Quinientos) 

Artículo Tercero:
EXCEPTUENSE de dicha Asignación el cargo de Intendente Municipal, los cargos de  Secretarios de Departamento Ejecutivo Municipal, los cargos de miembros del Honorable Concejo Deliberante y los cargos de miembros del Honorable Tribunal de Cuentas.-  

Artículo Tercero:
De forma.

DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL QUINCE.-

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