Ordenanza N°2147/15

VISTO:
El proyecto de Ordenanza originado en el seno del Concejo Deliberante referido a la fecha de fundación de Oncativo, y 

CONSIDERANDO:
Que  se fundamenta este proyecto en la investigación  del Sr. Juan Alejandro Malissia vecino de esta ciudad, aficionado a la investigación de la historia local, quien logra obtener documentación probatoria suficiente que se presentó ante la Junta Provincial de Historia de la Provincia de Córdoba, quien por nota prestó consenso a que el inicio de la Ciudad de Oncativo se remontaría al Primero de Septiembre de 1869.-
Que por Ordenanza Nº 1287/97 fue aprobado el mencionado trabajo investigativo del Sr. Juan Malissia.-
Que con fecha 03 de Septiembre del año 2013, el bloque de la UCR, por nota solicita comenzar a festejar el Aniversario de nuestra Ciudad.-
Que con fecha 10 de Julio de 2015 el Sr. Juan Alejandro Malissia solicita a este cuerpo que se expida al respecto.-
Que por iniciativa de todos los bloques que conforman el cuerpo se ingresa el presente proyecto de Ordenanza.-
Que estos fundamentos hacen pertinentes que este Honorable Concejo Deliberante invite al Departamento Ejecutivo Municipal a organizar los eventos correspondientes a la fecha de inicio de nuestra Ciudad de Oncativo, convocando y concientizando a la población de que tenemos una fecha de fundación.-
Que elevado el asunto a este Honorable Concejo Deliberante para su tratamiento, se resuelve por UNANIMIDAD aprobar como fecha probable de inicio de la Ciudad de Oncativo el Primero de Septiembre de 1869.-
Por todo ello;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO,

en uso de sus atribuciones,
sanciona con fuerza de:

ORDENANZA

ARTICULO PRIMERO-
RECONOZCASE como fecha de inicio de la Ciudad de Oncativo el PRIMERO DE SEPTIEMBRE DE 1869, según el Dictamen emitido por la Junta Provincial de Historia de la Provincia de Córdoba.-

ARTICULO SEGUNDO
INVITASE  al Departamento Ejecutivo Municipal a organizar los eventos correspondientes a la fecha de fundación, invitando a todas las Instituciones Intermedias y Centros Educativos para que realicen en esa fecha actividades recordatorias.-

ARTICULO TERCERO-
REMÍTASE copia a los organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.-

ARTICULO CUARTO
De forma.-

DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE.-

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