Ordenanza N°2156/15

VISTO:
El proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal, por el cual se solicita se acepte la donación efectuada por los Sres. Ever Pedro Viano, Daniel Ever Viano y María Esther Dolly Viano, de espacios de terreno de su propiedad, para ser afectados a calles y 

CONSIDERANDO:
Que el espacio de terreno a afectar para calles se encuentra descripto en el plano de Subdivisión ejecutado por el Ingeniero Civil Marcos Miguel Gerónimo Baretta   Matrícula Profesional  M.P. 1697/9.-
Que es atribución de este Concejo aceptar donaciones que le hicieren al Estado Municipal.-
Que de conformidad con lo informado por la Secretaría de Obras Públicas y Servicios Públicos de la Municipalidad de Oncativo, se ha verificado la realización de la totalidad  de las obras de infraestructura de servicios y la realización de trámites ante Organismos Provinciales, es necesario contar con la Ordenanza en donde se produce la aceptación de los espacios destinados a calles, requisito exigido por estos organismos.-
Que a tales fines se resuelve aceptar la donación, sin que ello implique la aprobación definitiva del loteo, el cual deberá cumplimentar  la totalidad de las exigencias previstas por el Plan de Ordenamiento Urbano y Código de Edificación vigente.-
Que es atribución  de este Concejo dictar la Ordenanza de aprobación del loteo.-
Por todo lo expuesto,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones,
sanciona con fuerza de

ORDENANZA

Artículo Primero:
ACEPTESE: la donación efectuada a favor de la Municipalidad de Oncativo, por los Sres. Ever Pedro Viano, Daniel Ever Viano y María Esther Dolly Viano, de espacios de terrenos de su propiedad, para ser afectados al Dominio Público, descriptas en el plano de Subdivisión ejecutado por el Ingeniero Civil Miguel Gerónimo Baretta, matricula Profesional  M.P. Nº 1697/9 designado como polígono 5,9,25,22,12,13,21,17,7,26,5 con una superficie de 6.039,60 m2.
Esta propiedad se encuentra inscripta en el Registro de la Propiedad de la Provincia de Córdoba al número de Matrícula Folio Real 1.391.526 y empadronada en la Dirección General de Rentas con el número 2708-4000581/7.-

Artículo Segundo:
AFECTASE a calle Pública el polígono descripto en el artículo precedente.- 

Artículo Tercero:
REMITASE copia a los organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.-

Artículo Cuarto: 
De forma

DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE  DEL AÑO DOS MIL QUINCE.-

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