VISTO:
La nota de la “Asociación de Padres y Amigos de la Escuela Fray Mamerto Esquiu, Centro Educativo, Taller Protegido”, solicitando una prorroga de Cesión Precaria; y
CONSIDERANDO:
Que la “Asociación de Padres y Amigos de la Escuela Fray Mamerto Esquiu, Centro Educativo, Taller Protegido”, recibió en COMODATO por el término de 180 días el inmueble donde actualmente funciona el Taller Protegido.-
Que dicho COMODATO fue autorizado por Ordenanza Nº 2125/14.-
Que el mismo fue una Cesión Precaria teniendo en cuenta la necesidad de la mencionada Asociación de regularizar su situación institucional con respecto a la normativa vigente.-
Que según nota presentada con fecha 23 de Noviembre del 2015, ya están los balances terminados, quedando pendiente hacerlo efectivo en Asamblea, la que no pudo realizarse por razones de fuerza mayor.-
Que un resumen de los balances ha sido entregado al Intendente Municipal Sr. Gastón L. Re.-
Por todo lo expuesto:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones,
sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo Primero:
AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a prorrogar hasta el 30 de Junio del año 2016 el COMODATO suscripto con la “Asociación de Padres y Amigos de la Escuela Fray Mamerto Esquiu, Centro Educativo, Taller Protegido”, de Cesión Precaria del inmueble donde funciona dicho Taller, ubicado sobre Avenida San Martín, contiguo a la Estación Terminal de Ómnibus.-.
Artículo Segundo
De forma.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.-
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