ORDENANZA N°2578/24

VISTO:

El Convenio de Regularización de Construcciones suscripto entre el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Córdoba, el Colegio de Ingenieros Civiles de la Provincia de Córdoba, el Colegio de Maestro Mayores de Obra de la Provincia de Córdoba, el Colegio de Técnicos Constructores Universitarios de la Provincia de Córdoba, la Caja de Previsión de Ingeniería y Arquitectura de la Provincia de Córdoba y la Municipalidad de Oncativo, y;

CONSIDERANDO:

El objetivo del presente cuerpo normativo, se orienta a incentivar la regularización de los distintos incumplimientos observados por la Oficina de Obras Privadas, de todas aquellas construcciones residenciales, industriales y comerciales, con antelación al 11 de diciembre de 2023, tengan las respectivas contribuciones sin abonar o final de obras pendientes.

La situación existente en los Municipios de la Provincia de Córdoba, en la que, conforme a sus registros, existe una gran cantidad de construcciones no registradas o deficientemente registradas.

Que el Convenio de Regularización de Construcciones propone una reducción de un mínimo del 50% de las tasas municipales, como así también la reducción del 50% del valor del registro de obra diferenciado de las escalas vigentes, a partir de un mínimo del 20% para obras de menos de 100 m² cubiertos, en los aportes de los colegios involucrados.

Que se cree oportuno brindar esta posibilidad, para quienes estén interesados en ordenar su situación dentro del ejido municipal.

Por todo ello;

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE ONCATIVO

 SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA:

Artículo Primero: RATIFICASE el “Convenio Regularización de Construcciones” suscripto entre el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Córdoba, representado por el Vocal a cargo de presidencia, Arq. Mariano Ambroggio y el Presidente de la Comisión Directiva de la Regional N.º 5,Arq. Gustavo Bonadero; el Colegio de Ingenieros Civiles de la Provincia de Córdoba, representado por la Sra. Presidenta, Inga. Civil María Alejandra Deguer; el Colegio de Maestros Mayores de Obra de la Provincia de Córdoba, representado por el Sr. Presidente M. M. O. Osvaldo Daniel Sturniolo; el Colegio de Técnicos Constructores Universitarios de la Provincia de Córdoba, representado por el Presidente, T.C.U. Víctor CARRERAS; la Caja de Previsión de Ingeniería y Arquitectura de la Provincia de Córdoba, representada por el Presidenta, Inga. Civil Adriana Hortensia Tagliaferri y la Municipalidad de Oncativo, representada por el Intendente Municipal, Cr. Nicolás Ariel Filoni, cuyo contenido forma parte integrante de la presente Ordenanza como Anexo I.

Articulo Segundo: APRUEBESE el descuento pactado en dicho convenio, del cincuenta por ciento (50%) de los aranceles detallados en el “Título XII Contribuciones por Servicios Relativos a la Construcciones de Obras Privadas”, “Capítulo I Derechos Municipales de Aprobación de Planos” de la Ordenanza Tarifaria Nº 2549/23.

Artículo Tercero: MODIFIQUESE el artículo 55 de la Ordenanza Tarifaria N.º 2549/23, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Este arancel podrá ser abonado hasta en seis (06) cuotas, de forma mensuales, iguales y consecutivas coincidiendo con el inicio de obra la primera de ellas; en ningún caso se otorgará el certificado final de obra si no se encuentran abonados todos los derechos.

Para los supuestos en que los contribuyentes opten por la Regularización de Obras Privadas contempladas en el convenio suscripto con el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Córdoba y profesionales del sector, APLÍQUESE el descuento del cincuenta por ciento (50%) de los aranceles correspondientes, siendo efectivos hasta el día 31/12/2024.”

Artículo Cuarto: REMITASE copia a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.

 Artículo Quinto: De forma.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO. –

 

 

 

 

 

0