ORDENANZA N°2594/24

VISTO:

La Ley 8102 en materia de distribución de facultades y autorizaciones de venta inmobiliaria por parte de; HCD de carácter obligatorio atento la condición de facultad exclusiva del cuerpo legislativo, asimismo el presente proyecto de Ordenanza elevado por el D.E.M. para adjudicar un lote en el Polo Industrial Oncativo, y;

CONSIDERANDO:

Que por Ordenanza N° 1756/06 se dispuso la creación en la ciudad de Oncativo de un nido de empresas llamado ‘POLO INDUSTRIAL ONCATIVO’ para la radicación de pequeños y medianos proyectos de desarrollo productivo, a cuyo fin autorizó al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder a la venta de terrenos de propiedad del municipio que colindan con la Planta de Separación de Residuos Sólidos Domiciliarios y con el sector ocupado por la Agrupación Gaucha Canario Peralta.

Que asimismo el referido plexo legislativo estableció un procedimiento a fin de que los interesados en adquirir dichos terrenos presenten un resumen ejecutivo de su proyecto, detallando el rubro y la actividad a desarrollar, anteproyecto de los planos ejecutivos y de la inversión de las obras a ejecutar dentro del terreno que estimen necesario, precisando el tiempo de ejecución y terminación de las obras, equipamiento que instalaría para la puesta en marcha del proyecto, cantidad aproximada de personal a la que se le daría trabajo una vez que el proyecto esté en actividad productiva.

Que asimismo el Art. 5to de la referida ordenanza expresa que ‘…una vez que los interesados presenten sus proyectos por ante el Departamento Ejecutivo Municipal, este procederá a la evaluación y posterior informe, determinando el tamaño de terreno que se le ofrecería a cada interesado para instalarse en el sector. Los lotes a vender serán adjudicados según las necesidades de cada proyecto y se irán adjudicando por el orden de presentación de los mismos. El informe en cuestión deberá ser elevado por el Departamento Ejecutivo al Concejo Deliberante para su ratificación…’

Que por ordenanza N 1981/11 se dispuso la modalidad de pago de los terrenos a adjudicar y se acompaña tasación del predio en cuestión.

Que en cumplimiento de dicha disposición el Departamento Ejecutivo Municipal elevó para su ratificación la siguiente adjudicación:

1 – PROYECTO del Sr GRUGNOLETTI, Mario Alberto, Documento Nacional Identidad número 12.508.898 quien desarrolla la actividad de Servicio de transporte automotor mercaderías a granel n.c.p., y fabricación de piezas automotores para sí y para terceros. de un lote de 16,65 m de frente por 30 m de fondo Identificado con el número 25 del plano adjunto, con un precio de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TOTAL DOCE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS (U$S 12.487,50).

Por todo ello;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE ONCATIVO

 SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA:

Artículo Primero: AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder a la venta del terreno propiedad del Municipio, en el denominado ‘Polo Industrial Oncativo’, en un todo de acuerdo a lo establecido por Ordenanzas N 1756/06 y N 1981/11, concretando la adjudicación del siguiente proyecto: PROYECTO del Sr GRUGNOLETTI, Mario Alberto, Documento Nacional Identidad número 12.508.898 quien desarrolla la actividad de Servicio de transporte automotor mercaderías a granel n.c.p. y fabricación de piezas automotores , de un lote de 16,65 m de frente por 30 m de fondo Identificado con el número 25 del plano adjunto, con un precio de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TOTAL DOCE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS ( U$S 12.487,50 ).

Artículo Segundo: REMÍTASE copia del presente a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.

Artículo Tercero: Comuníquese, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.

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