VISTO:
El Proyecto de Ordenanza iniciado por Departamento Ejecutivo Municipal, por el que solicita autorización a tomar el préstamo proveniente del Fondo de Desarrollo Urbano, en el marco del Acuerdo Federal de la Provincia de Córdoba, y
CONSIDERANDO:
Que la solicitud referenciada en el visto tiene por objeto el financiamiento de la ejecución de la obra de cloacas en nuestra Ciudad de Oncativo.-
Que a dichos fines se estima pertinente autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a tomar un préstamo del Fondo de Desarrollo Urbano, el marco del Acuerdo Federal, otorgado por el Ministerio de Gobierno de la Provincia de Córdoba.-
Que el importe total del Proyecto al que se destinará el Fondo de Desarrollo Urbano es de PESOS TRES MILLONES ($3.000.000,00) con un subsidio de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($750.000,00), con plazo para la devolución del préstamo de treinta (30) meses, siendo el importe del monto en carácter de préstamo de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($2.250.000,00), comprometiendo y autorizando el descuento automático de nuestra coparticipación en (30) treinta cuotas mensuales e iguales de PESOS SETENTA Y CINCO MIL ($75.000,00) sin costos de intereses, con un plazo de gracia para el pago de la primer cuota de 180 días y con un tiempo previsto para la ejecución del proyecto y para la utilización del préstamo de doce (12) meses.-
Que por tratarse de una obra dirigida a mejorar la calidad de vida de los vecinos a los que alcanza, éste cuerpo estima conveniente aprobar el proyecto en cuestión.-
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
En uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º) APRUÉBASE el Proyecto de obra de RED DOMICILIARIA CLOACAL, que se incorpora como ANEXO 1 de esta Ordenanza y con un plazo de ejecución de doce (12) meses.
ARTÍCULO 2º) FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que gestione y tome del FONDO DE DESARROLLO URBANO, un préstamo de hasta pesos TRES MILLONES ($3.000.000,00) con destino a la ejecución del proyecto que se aprueba por el Artículo 1º.
ARTÍCULO 3º) FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que, en pago del crédito, ceda al FONDO DE DESARROLLO URBANO, de la coparticipación que mensualmente corresponda al Municipio en los impuestos provinciales, hasta la suma de Pesos SETENTA Y CINCO MIL ($75.000) mensuales, durante el término máximo de treinta (30) meses.
ARTÍCULO 4º) El Departamento Ejecutivo Municipal deberá notificar formalmente a la Provincia de la cesión de la coparticipación, anoticiándola de que, en mérito a tal cesión, deberá mensualmente pagarse la suma cedida al Acuerdo Federal.
ARTÍCULO 5º) FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que garantice la existencia y cobrabilidad del crédito tomado, con los recursos del Municipio provenientes de otras fuentes que no sean la coparticipación en los Impuestos Provinciales.
ARTICULO 6º) El Departamento Ejecutivo Municipal informará semestralmente al Honorable Concejo Deliberante el estado de ejecución y avance del proyecto aprobado en el Artículo 1º.-
ARTÍCULO 7º) Comuníquese, Publíquese, Dese al Registro Municipal y Archívese.
ARTICULO 8º) De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS TRES DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE .-
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