Ordenanza Nº 2256

VISTO: La disponibilidad de las etapas Nº 29, 30 y 31 de Fondo Permanente de Financiamiento de Gobiernos Locales del Gobierno de la Provincia de Córdoba, y

CONSIDERANDO:

Que es intención del Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) destinar los fondos de las cuotas Nº 29, 30 y 31 al financiamiento de la obra de pavimento de calles de nuestra ciudad.-

Que el DEM solicita autorización para tomar las etapas Nº 29, 30 y 31 del  Fondo Municipal de Crédito de la Provincia de Córdoba, por un monto de hasta PESOS TRESCIENTOS SESENTA MIL                   ($ 360.000,00) cada una, comprometiendo y autorizando el descuento automático de nuestra coparticipación de 36 (treinta y seis) pagos mensuales de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000,00) por cada tramo para afrontar los costos relacionados con la ejecución de esta obra.-

Que a los fines de gestionar el cobro en forma total, es aconsejable hacer las autorizaciones en una sola Ordenanza, detallando en su articulado el monto y destino de cada préstamo.-

Que por tratarse de una obra dirigida a mejorar la calidad de vida de los vecinos a los que alcanza, este cuerpo estima conveniente autorizar la solicitud en cuestión.-

Por todo lo expuesto,

 

                          EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

                                       DE LA CIUDAD DE ONCATIVO

en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de

 

O R D E N A N Z A

 Artículo Primero:

AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a tomar la cuota número veintinueve (29) del préstamo, destinado al financiamiento de la ejecución de la obra de pavimento del Fondo Permanente de Financiamiento de Gobiernos Locales del Gobierno de la Provincia de Córdoba de PESOS TRESCIENTOS SESENTA MIL  ($360.000,00)  comprometiendo y autorizando el descuento automático de la Coparticipación Municipal de 36 (treinta y seis) pagos mensuales de PESOS DIEZ MIL ($10.00, 00).-

Artículo Segundo:

AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a tomar la cuota número treinta (30) del préstamo, destinado al financiamiento de la ejecución de la obra de pavimento del Fondo Permanente de Financiamiento de Gobiernos Locales del Gobierno de la Provincia de Córdoba de PESOS TRESCIENTOS SESENTA MIL ($360.000,00), comprometiendo y autorizando el descuento automático de la Coparticipación Municipal de 36 (treinta y seis) pagos mensuales de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000,00).-

 Artículo Tercero:

AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a tomar la cuota número treinta y uno (31) del préstamo, destinado al financiamiento de la ejecución de la obra de pavimento del Fondo Permanente de Financiamiento de Gobiernos Locales del Gobierno de la Provincia de Córdoba de PESOS TRESCIENTOS SESENTA MIL ($ 360.000,00), comprometiendo y autorizando el descuento automático de la Coparticipación Municipal de 36 (treinta y seis) pagos mensuales de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000,00).-

 Artículo Cuarto:

De forma:

 DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO, A LOS ONCE  DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.–

 

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