VISTO:
La solicitud de autorización de incremento salarial para el personal y funcionarios municipales mediante nueva escala salarial, elevada por el Departamento Ejecutivo Municipal a este Honorable Cuerpo; y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 11 de Abril de 2016 mediante Acta Acuerdo celebrada entre el Gobierno Municipal y el Sindicato de Empleados Municipales de Oncativo, que fuera ratificada por Ordenanza Nº 2176/16, se establecieron las pautas de incrementos salariales desde Abril de 2016 hasta el Mes Diciembre de 2019 de todo el personal dependiente de esta Municipalidad.-
Que dicho acuerdo se fundamento en la necesidad de ir paliando, de acuerdo a las posibilidades ciertas del Estado Municipal, el deterioro sustancial que pudiera ir sufriendo el ingreso de los trabajadores municipales.-
Que el acuerdo consensuado con el Sindicato de Empleados Municipales, para el periodo diciembre 2018 – Marzo 2019 el salario básico, jornal diario, quebranto de caja, puntualidad y asistencia, refrigerio, bonificación encargado de oficina, bonificación encargado de sección, bonificación encargado de área, antigüedad, titulo, aguinaldo, riesgo e insalubridad y otros adicionales, se calcularán aplicando un incremento del 9,00% (nueve por ciento) de acuerdo al valor que arrojó el índice de precios elaborados elaborado por la Municipalidad, y que se aplicará sobre los valores básicos vigentes a partir de agosto año 2018, quedando definido el sueldo básico tal como se detalla en planilla adjunta.-
Que además se acordó incorporar el “adicional no remunerativo” del 8,50 % (ocho cincuenta por ciento) porcentaje que en el periodo diciembre/2018 a marzo/2019 fue otorgado con carácter no remunerativo y que por exigencias Legales de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba dentro de los seis meses de otorgado debe formar parte de los montos básicos.
Que el incremento salarial en la que se establecen los nuevos básicos, los que serán aplicados a partir de la liquidación de sueldos correspondiente al Mes de Diciembre del Año 2018.-
Que con respecto a los incrementos para el cargo de Intendente Municipal, Secretarios y Directores del Departamento Ejecutivo Municipal, Juez Administrativo Regional de Faltas, integrantes del Honorable Concejo Deliberante y del Honorable Tribunal de Cuentas, solicitamos los incrementos de los apartados a) y b) del párrafo anterior.-
Que, en mérito a lo expresado este Cuerpo se expresa a favor de otorgar un incremento salarial en un todo de acuerdo a la escala salarial que pasa a formar parte integrante de la presente.-
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones,
sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo Primero:
OTORGUESE un incremento salarial para el personal municipal de Planta Permanente, Contratados, Jornalizados Intendente Municipal, Secretarios, Directores del Departamento Ejecutivo, Juez Administrativo Regional de Faltas, integrantes del Honorable Concejo Deliberante y Honorable Tribunal de Cuentas, consistente en un nueve por ciento (9%) aplicable sobre las remuneraciones básicas y adicionales fijos, definiditas para el mes de Agosto del año dos mil dieciocho.-
Artículo Segundo:
OTORGUESE: un “Adicional No Remunerativo” para el personal municipal de Planta Permanente, Contratados, Jornalizados, Intendente Municipal, Secretarios, Directores del Departamento Ejecutivo, Juez Administrativo Regional de Faltas, integrantes del Honorable Concejo Deliberante y Honorable Tribunal de Cuentas, consistente en un ocho coma cincuenta por ciento (8,50%) aplicable sobre las remuneraciones básicas definidas para el mes de Agosto del año dos mil dieciocho.-
Artículo Tercero:
DIPONESE que los incremento establecidos en los artículos Nº 1 y Nº 2 de la presente, tendrán vigencia para el cuatrimestre comprendido entre diciembre del año 2018 y marzo del año 2019.-
Artículo Cuarto
INCORPORESE el “Adicional No Remunerativo” del ocho cincuenta por ciento (8,50%) a las remuneraciones básicas del personal Municipal de Planta Permanente, Contratados, Jornalizados, Intendente Municipal, Secretarios, Directores del Departamento Ejecutivo, Juez Administrativo Regional de Faltas, integrantes del Honorable Concejo Deliberante y Honorable Tribunal de Cuentas, a partir del mes de Abril de 2019.-
Artículo Quinto:
DISPONESE que la presente Ordenanza comenzará a regir con efecto al día uno de diciembre del año dos mil dieciocho.-
Artículo Sexto:
De forma.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS TRES DIAS DEL MES DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.-
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