VISTO:
La disponibilidad de una etapa del Fondo Permanente de Financiamiento de Gobiernos Locales del Gobierno de la Provincia de Córdoba, y
CONSIDERANDO:
Que el DEM solicita la autorización de este cuerpo para tomar 1 (una) etapa del préstamo del Fondo Permanente de Financiamiento de Gobiernos Locales de hasta $ 450.000,00 (pesos: cuatrocientos cincuenta mil), cada una comprometiendo y autorizando el descuento automático de nuestra coparticipación de 36 pagos mensuales de $ 12.500,00 ( pesos: doce mil quinientos) por cada tramo.-
Que es intención del Departamento Ejecutivo Municipal destinar los fondos para la adquisición de luminarias y el mejoramiento del alumbrado público de nuestra ciudad.-
Que por tratarse de una obra dirigida a mejorar la calidad de vida de los vecinos a los que alcanza, este cuerpo estima conveniente autorizar la solicitud en cuestión.-
Por todo lo expuesto
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo Primero:
AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a tomar 1 (una) cuota, destinada al financiamiento de la compra de luminarias para la obra de alumbrado público de nuestra ciudad, del Fondo Permanente de Financiamiento de Gobiernos Locales del Gobierno de la Provincia de Córdoba de hasta $ 450.000,00 (pesos cuatrocientos cincuenta mil) cada una, comprometiendo y autorizando el descuento automático de la Coparticipación Municipal de 36 (treinta y seis) pagos mensuales de de $ 12.500,00 (pesos doce mil quinientos) por cada tramo.-
Artículo Segundo:
De forma:
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.–
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