Ordenanza Nº 2327

VISTO:

La solicitud de autorización de incremento salarial para el personal y funcionarios municipales mediante nueva escala salarial, elevada por el Departamento Ejecutivo Municipal a este Honorable Cuerpo; y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 11 de Abril de 2016 mediante Acta Acuerdo celebrada entre el Gobierno Municipal y el Sindicato de Empleados Municipales de Oncativo, que fuera ratificada por Ordenanza Nº 2176/16, se establecieron las pautas de incrementos salariales desde Abril de 2016 hasta el Mes Diciembre de 2019 de todo el personal dependiente de esta Municipalidad.-

Que dicho acuerdo se fundamento en la necesidad de ir paliando, de acuerdo a las posibilidades ciertas del Estado Municipal, el deterioro sustancial que pudiera ir sufriendo el ingreso de los trabajadores municipales.-

Que según este acuerdo, consensuado con el Sindicato de Empleados Municipales, se decidió tomar parcialmente el aumento salarial correspondiente al tercer cuatrimestre del 2018, postergando la diferencia para próximos incrementos saláriales, confiando en la estabilidad de nuestro país.

Que se solicita un incremento salarial para el personal permanente, contratado y jornalizado, consistente en un siete por ciento (7%) sobre las remuneraciones básicas y adicionales fijos definidos para el mes de abril de 2019, y que serán realizados de la siguiente manera: dos por ciento (2%) en el mes de Mayo, dos por ciento (2%) en el mes de Junio y tres por ciento (3%) para el mes de Julio del corriente año.

Que con respecto a los incrementos para el cargo de Intendente Municipal, Secretarios y Directores del Departamento Ejecutivo Municipal, Juez Administrativo Regional de Faltas, integrantes del Honorable Concejo Deliberante y del Honorable Tribunal de Cuentas, solicitamos un incremento como Adicional No Remunerativo sobre las remuneraciones básicas definidas para el mismo periodo y de igual forma que lo expuesto en el párrafo anterior, igual al siete  por ciento (7%)

Que debido a esto se solicita autorización para aplicar esta diferencia, escalonado en los próximos tres (3) meses y de esta manera llegar al mes de agosto del 2019, donde se deberá realizar el próximo incremento salarial.-

Que, en mérito a lo expresado este Cuerpo se expresa a favor de otorgar un incremento salarial en un todo de acuerdo a la escala salarial que pasa a formar parte integrante de la presente.-

Por todo lo expuesto,

 

        EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

                       DE LA CIUDAD DE ONCATIVO

            en uso de sus atribuciones,sanciona con fuerza de

                                     O R D E N A N Z A

Artículo Primero:

OTÓRGUESE   un incremento salarial para el personal municipal de Planta Permanente, Contratados y Jornalizados, consistente en un siete por ciento (7,00%) aplicable sobre las remuneraciones básicas y adicionales fijos, definiditas para el mes de Abril del año dos mil diecinueve.-

 Artículo Segundo:

OTÓRGUESE:  un “Adicional No Remunerativo” para los cargos de Intendente Municipal, Secretarios, Directores del Departamento Ejecutivo, Juez Administrativo Regional de Faltas, integrantes del Honorable Concejo Deliberante y Honorable Tribunal de Cuentas, consistente en un siete por ciento (7%) aplicable sobre las remuneraciones básicas definidas para el mes de Abril del año dos mil diecinueve.-

 Artículo Tercero:

DISPÓNESE que los incrementos establecidos en los artículos Nº 1 y Nº 2 de la presente, tendrán vigencia en los siguientes periodos y en los porcentajes que se detallan:

1.-) Dos por ciento (2%) con las remuneraciones del mes de mayo de 2019

2.-) Dos por ciento  (2%) con las remuneraciones del mes de junio de 2019

3.-) Tres por ciento  (3%) con las remuneraciones del mes de julio  de 2019

Artículo  Cuarto:

INCORPORESE  a las remuneraciones básicas el “Adicional No Remunerativo”   establecido en el artículo Nº 2  de la presente, a partir del mes de agosto de 2019.-

Artículo Quinto:

DISPÓNESE que la presente Ordenanza comenzará a regir con efecto al día uno de mayo  del año dos mil diecinueve.-

Artículo Sexto:

De forma.-

 DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES MAYO  DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-

 

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