VISTO:
El Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal, solicitando la autorización para adquirir en forma directa a la empresa SIASA un Servidor ARM R2208; y
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo Municipal pretende adquirir un Servidor ARM R2208, para destinarlo a poner en funcionamiento un sistema informático a los fines de poner en práctica nuevas herramientas con fines de incrementar la eficiencia y transparencia en la gestión, y una mejor atención y compromiso con los ciudadanos.-
Que la empresa SIASA comercializa el producto necesario, el servidor ARM R2208 con las características técnicas aptas para las necesidades del sistema a utilizar.-
Que según la cotización que se adjunta, el valor del servidor ARM R2208 asciende a la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES (U$S 3.483,00) más IVA.-
Que se realizó pedido de precios del producto a adquirir a comercios del rubro de esta Ciudad, habiendo el Ejecutivo Municipal valorado los mismos.-
Que se fundamenta esta compra directa en el precio, comparativo con comercios del rubro, y las características técnicas del producto, que es comercializado por una empresa de sobrados antecedentes y prestigio en el mercado desde el año 1984, brindando soluciones tecnológicas de alta gama.-
Que así también nos aseguran un rápido y eficaz servicio de mantenimiento y reparaciones.-
Que es intención del Gobierno Municipal mejorar y optimizar los servicios y la información, incrementando la eficiencia y transparencia en la gestión, y una mejor atención y compromiso con los ciudadanos.-
Que habiendo sido analizado el presupuesto elevado por el Departamento Ejecutivo, este cuerpo estima pertinente su aprobación.
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones,sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo Primero:
AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a adquirir en forma directa a la empresa SIASA un SERVIDOR ARM R2208 hasta la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES (U$S 3.483,00) MAS IVA, en un todo de acuerdo a la cotización que pasa a formar parte integrante de la presente.-
Artículo Segundo:
AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a convenir los términos plazos y condiciones de pago del precio y a suscribir toda la documentación que fuere menester para cumplimentar lo dispuesto en artículo precedente.
Artículo Tercero:
REMÍTASE copia a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.
Artículo Cuarto:
De forma.
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