ORDENANZA Nº 2 3 6 8 /2 0
VISTO:
El decreto Nº 34/2020 de fecha 02 de Abril de 2020, y
CONSIDERANDO:
La declaración de pandemia por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación al nuevo coronavirus COVID-19.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal, viene arbitrando distintas medidas a los fines de prevenir los efectos que puede acarrear la propagación del virus.-
Que en este sentido, se dictaron los Decretos 24/2020 y 29/2020, de fecha 13/03/2020 y 20/03/2020 respectivamente, los que adhieren a los Decretos Nacional Nº 260/2020, de fecha 12/03/2020, Decreto Nacional Nº 0297/2020, fecha 19/03/2020 y Provincial Nº 190/2020 de fecha 13/03/2020.-
Que en este contexto, el D.E.M. ha entendido pertinente eximir intereses moratorios y/o punitorios que genere el pago fuera de término a todas las contribuciones y tasas municipales que tengan vencimiento dentro del año 2020 y prorrogar el pago de la cuota correspondiente a los Planes de Vivienda Municipales PLANES MUVI I, II y III.-
Que en mérito a lo expresado, este Honorable Cuerpo estima pertinente ratificar lo decretado por el D.E.M.
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
ARTICULO PRIMERO:
RATIFÍCASE el decreto Nº 34/2020 de fecha 02 de Abril de 2020 en todos sus términos, el que pasa a ser parte de la presente Ordenanza.-
ARTICULO SEGUNDO:
Remítase copia a los organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.-
ARTICULO TERCERO:
Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS DIECISISETE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-
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