VISTO:
El convenio Marco entre el Ministerio de Obras Públicas de la Nación y la Municipalidad de Oncativo con fecha 16 de septiembre de 2020, que fuera ratificado por Ordenanza N° 2384/2020 de fecha 2/11/2020; y
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo Municipal, viene realizando obras sobre diversas temáticas; que tienen como objetivo mejorar la calidad de vida de sus ciudadanos.
Que las obras mencionadas, cumplen con la finalidad del PLAN “ARGENTINA HACE I”; la cual tiene como objetivo garantizar derechos, mejorando el nivel de empleo, la distribución de los ingresos y el acceso a infraestructura social básica.
Que, en este contexto el Departamento Ejecutivo Municipal suscribió un convenio marco con la Secretaria de Obras Públicas de la Nación, el que fue ratificado por Ordenanza N° 2384/2020 de fecha 02/11/2020.
El mismo, tiene como objetivo desarrollar en forma conjunta acciones concretas y necesarios para posibilitar la ejecución de las obras públicas, en el marco de convenios específicos.
Que con fecha 13 de Noviembre de 2020, el Intendente Municipal, suscribió CONVENIO ESPECIFICO en el marco del PLAN ARGENTINA HACE – I, para la ejecución de obras de PAVIMENTO, CENTRO DE CALZADA – CORDÓN CUNETAS Y BADENES, en la Ciudad de Oncativo.
Que en mérito a lo expresado, este Honorable Cuerpo estima pertinente aprobar lo actuado por el Departamento Ejecutivo Municipal, ratificando el convenio específico suscripto, en el marco del convenio marco oportunamente ratificado por este Honorable Cuerpo.
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
ARTICULO PRIMERO:
RATIFÍCASE el convenio suscripto por el Señor Intendente Municipal con la Secretaria de Obras Publicas de la Nación, dependiente del Ministerio de Obras Publicas de la Nación, representada por el su Secretario el Dr. Martín Rodrigo GILL; con fecha 13 de Noviembre de 2020, el que pasa a formar parte integrante de esta Ordenanza.
ARTICULO SEGUNDO:
Remítase copia a los organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.-
ARTICULO TERCERO:
Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.-
ARTICULO CUARTO:
De forma .-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.
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