VISTO:
Que conforme la Ley Orgánica Municipal ( L.P. Nº 8102), en su Artículo 30, Inciso 18, es facultad del Honorable Concejo Deliberante sancionar anualmente el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de acuerdo con el Proyecto presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal, y
CONSIDERANDO:
Que el Proyecto de Ordenanza de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el Año 2021 fue oportunamente elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal a este Cuerpo.-
Que tal como lo establece la Ley Orgánica Municipal ( L.P. Nº 8102), en su Artículo 37, Inciso 8, el mencionado Proyecto fue tratado en Primera Lectura (Según Resolución Nº 003/20 del 25/11/2020 según Acta Nº 1555/20) y Segunda Lectura.-
Que en virtud de lo establecido por el mencionado Art. Nº 37 de la Ley Nº 8102 y de la Ordenanza Nº 1701/05, se convocó y realizó la Audiencia Pública el día 03/12/2020, para escuchar a los vecinos y entidades interesadas en dar su opinión, a través de un encuentro virtual por Plataforma Zoom.-
Que puesto a consideración el despacho precitado, el mismo resultó aprobado por UNANIMIDAD.-
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO,
en uso de sus atribuciones, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Art.Nº 1).-
FIJASE en la suma de PESOS: QUINIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES, SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 566.656.892,00) el Presupuestos General de Gastos de la Administración de la Municipalidad de la Ciudad de Oncativo, de acuerdo con el detalle que figura en las planillas anexas, que forman parte integrante de la presente Ordenanza, Presupuesto que regirá para el Año 2021.-
Art.Nº 2).-
ESTIMASE en la suma de PESOS: QUINIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES, SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 566.656.892,00) los recursos para el Año 2020, destinados a la financiación del Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal, de acuerdo con el detalle que figura en las planillas anexas, que también forman parte integrante de la presente Ordenanza.-
Art.Nº 3).-
ESTABLECESE que las remuneraciones de las Autoridades Superiores, personal permanente, personal designado y personal jornalizado, serán fijadas por el Honorable Concejo Deliberante, conforme el Art. 30, inc. 9 de la Ley Orgánica Municipal.-
Art.Nº 4).-
AUTORICESE al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar mediante Decreto, las compensaciones de rubros presupuestarios cuando lo estime necesario.-
Art.Nº 5).-
ESTABLECESE que el Departamento Ejecutivo Municipal podrá reglamentar mediante Decreto el régimen de horario extraordinario al personal municipal, el del salario familiar y el de viáticos y movilidad.-
Art.Nº 6).-
De forma.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-
Share
DIC
