VISTO:
La disponibilidad de una etapa del Fondo Permanente de Financiamiento de Gobiernos Locales del Gobierno de la Provincia de Córdoba, y
CONSIDERANDO:
Que el DEM solicita la autorización de este cuerpo para tomar UNA (1) etapa del préstamo del Fondo Permanente de Financiamiento de Gobiernos Locales de hasta $ 450.000,00 (pesos: cuatrocientos cincuenta mil), comprometiendo y autorizando el descuento automático de nuestra coparticipación de 36 (treinta y seis) pagos mensuales de $ 12.500,00 (pesos: doce mil quinientos).-
Que es intención del Departamento Ejecutivo Municipal destinar los fondos para la Obra de Pavimento.-
Que por tratarse de una inversión dirigida a mejorar la calidad de vida de los vecinos de nuestra ciudad, este cuerpo estima conveniente autorizar la solicitud en cuestión.-
Por todo lo expuesto
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo Primero:
AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a tomar UNA (1) cuota, para la Obra de Pavimento del Fondo Permanente de Financiamiento de Gobiernos Locales del Gobierno de la Provincia de Córdoba de hasta $ 450.000,00 (pesos cuatrocientos cincuenta mil), comprometiendo y autorizando el descuento automático de la Coparticipación Municipal de 36 (treinta y seis) pagos mensuales de $ 12.500,00 (pesos doce mil quinientos).-
Artículo Segundo:
De forma:
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO, A LOS DIECISEIS DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.–
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ABR
