Ordenanza Nº 2417

 VISTO:

El Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal, solicitando la autorización para adquirir en forma directa de la empresa HIDROCENTRO SERVICIOS, las tareas y servicios con fines de reparar el “sistema de bombeo de afluentes cloacales” de nuestra Ciudad; y

CONSIDERANDO:

Que es intención del Gobierno Municipal resolver y reparar el “sistema de bombeo de afluentes cloacales de nuestra Ciudad”.

Que, en consecuencia, el D.E.M. pretende adquirir en forma directa de la empresa HIDROCENTRO SERVICIOS: a) el recambio de las impulsiones, colector y demás componentes del sistema que están deteriorados; y b) los materiales necesarios para efectuar la tarea pertinente; con fines de reparar el “sistema de bombeo de afluentes cloacales” de nuestra Ciudad.

Las tareas y servicios a realizar son los siguientes:  a)Vaciado de la estación y eliminación de ingreso de líquido a la misma con materiales propios (obturador neumático, compresor, bomba de baypass); b) Ejecución de la limpieza de la estación de bombeo para extracción de solidos del fondo; c) 02 impulsiones de 110 mm de diámetro en PEAD PN 8 o 10 bridadas y termo fusionadas; d) 02 válvulas de retención a bola y exclusas a volante de 100 mm marca flygt BRIDADAS; f) 01 Colector de impulsiones bridado en PEAD PN8 o 10 bridado y termo fusionado, g) 02 conjuntos de guías para izaje de las bombas en acero inoxidable AISI 304 DE 50 mm.; h) Burlonería en acero inoxidable; i) Guías para canasto soporte en acero inoxidable, j) Dos canastos de plásticos armados para la retención de solidos gruesos; k) Sistema de izajes de canastos en hierro con malacate manual.

 Que desde la dirección de Obras y Servicios Públicos se ha valorado que las prestaciones y especificaciones necesarias y que más se adecuan a las necesidades de reparación del problema del sistema de bombeo de afluentes cloacales, son las brindadas por la firma HIDROCENTRO SERVICIOS, quien comercializa la marca FLYGT, siendo la única en la Provincia de Córdoba.

La empresa proveedora; HIDROCENTRO SERVICIOS, radicada en la Ciudad de Villa María, es una empresa con vasta trayectoria en el rubro; agente autorizado de la marca FLYGT, de la cual está constituido el “sistema de bombeo de afluentes cloacales de nuestra Ciudad”.

Que luego de las valoraciones correspondientes, se ha considerado, que el problema se solucionaría de manera más económica reparando dichos componentes dañados, motivo por el cual, el D.E.M. solicita la autorización a contratar con la empresa mencionada, y evitar así la adquisición de una nueva bomba, lo que sería más costoso.

Que se ha acompañado presupuesto expedido por la empresa BOIERO S.A a los fines de poder valorar precios cotizados.

Que según las cotizaciones de otra empresa; BOIERO S.A  la que se adjunta, el más conveniente es HIDROCENTRO SERVICIOS.

Que habiendo sido analizado el presupuesto elevado por el Departamento Ejecutivo, este cuerpo estima pertinente su aprobación.

Por todo lo expuesto,

       EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

                DE LA CIUDAD DE ONCATIVO

en uso de sus atribuciones, sanciona con fuerza de

 

                             O R D E N A N Z A

 

Artículo Primero:

AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a adquirir en forma directa  a la firma HIDROCENTRO SERVICIOS: a) el recambio de las impulsiones, colector y demás componentes del sistema que están deteriorados; y b) los materiales necesarios para efectuar la tarea pertinente; con fines de reparar el “sistema de bombeo de afluentes cloacales” de nuestra Ciudad, hasta el precio total de PESOS DOS MILLONES SESENTA  MIL  ($ 2.060.000,00); con I.V.A. incluido, en un todo de acuerdo a la cotización que pasa a formar parte integrante de la presente.

 Artículo Segundo:

AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a convenir los términos, plazos y condiciones de pago del precio y a suscribir toda la documentación que fuere menester para cumplimentar lo dispuesto en artículo precedente.

Artículo Tercero:

REMÍTASE copia a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.

 Artículo Cuarto:

De forma.

DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VENTIUNO.

 

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