VISTO:
La donación efectuada oportunamente por la Provincia de Córdoba del inmueble donde funciona el Hospital Municipal “San Isidro”, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la Provincia de Córdoba, lleva adelante a través de la Secretaria General de la Gobernación, como autoridad de aplicación de la Ley N° 10.580 conjuntamente con el Ministerio de Gobierno y la Secretaria de Seguros y Asuntos Legales de la Provincia, el programa de “Ordenamiento de Bienes Inmuebles Provinciales – PROBIP”.
Que en el referido contexto; el Gobierno de la Provincia de Córdoba a través de la Secretaria General de la Gobernación, como autoridad de aplicación de la Ley N° 10.580, conjuntamente con el Ministerio de Gobierno, dictó el Decreto N° 1452/2021 por el cual la Provincia de Córdoba dono al Municipio, el inmueble donde actualmente funciona el Hospital Municipal “San Isidro” y la Casa de Abuelos “Dr. Joghue Chernis”.
En virtud de ello y a los fines de que la Escribanía General de Gobierno efectúe su inscripción en forma directa en el Registro General de la Provincia, es necesaria la aceptación de la donación efectuada.
Que es atribución de este Honorable Concejo Deliberante, aceptar las donaciones que le hicieren al Estado Municipal.
Que a tales fines se resuelve aceptar la donación.
Por todo lo expuesto
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo Primero:
ACÉPTESE la donación efectuada a favor de la Municipalidad de Oncativo, por el Gobierno de la Provincia de Córdoba conforme lo expresado según Decreto N° 1452 de fecha 30/11/2021, el que en su art. 19 textualmente reza: “Donase a favor de la Municipalidad de Oncativo CUIT N° 30-99901691-6, el inmueble que se describe como Lote de Terreno ubicado en la localidad de Oncativo, en el lugar denominado “BARRIO BARETA” Pedanía Impira Dpto Rio Segundo de esta Provincia de Córdoba, designado como lotes 36, 37, 38, 39 de la Manzana “A” según plano oficial del referido Barrio Bareta, está compuesto de 55 mts. de frente al N a S por 51.60 mts. de fondo de E a O, lo que hace una sup. total de 2.838 mts. y linda al S con Boulevard Leones, al N con calle Publica, al O con calle publica y al E con calle Buenos Aires, dominio consta inscripto en la Matricula N° 881.910 a nombre del “SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CORDOBA” por conversión del Dominio N° 28256, Folio 36956 año 1967 nomenclatura catastral 27-08-16-01-02-018-001-000, cuenta N° 27-08-1525122-5 afectación actual Hospital Municipal “San Isidro” y Casa de Abuelos “Dr. Joshue Chernis.”; tal cual expresa el texto del citado decreto, el que para mayor ilustración pasa a formar parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo:
REMÍTASE copia a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.
Artículo Tercero:
De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERAMNTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.
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MAY
