VISTO:
El Convenio de financiamiento para la construcción de viviendas “PROGRAMA 10.000 VIVIENDAS”, LINEA VIVIENDAS SEMILLA MUNICIPIOS (DECRETO Nº 373/22), y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 12/05/2022, El Gobierno Municipal y el Ministerio de Promoción del Empleo y de la Economía Familiar de la Provincia de Córdoba, representado por su titular Cra. Laura Jure, celebró un “Convenio de financiamiento para la construcción de viviendas” denominado «PROGRAMA 10.000 VIVIENDAS”, “LINEA VIVIENDA SEMILLA MUNICIPIOS».
Que el convenio referido fue ratificado por Ordenanza Nº 2438/22 de este Honorable Cuerpo.
Que las partes dispusieron modificar el convenio suscripto con fecha 12/05/2022, a los efectos de adecuar la operatoria oportunamente establecida al nuevo marco creado por el Decreto Nº 822/22, dejando vigentes todas aquellas cláusulas que expresamente no se modifiquen.
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO,
en uso de sus atribuciones,sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°.-
RATIFICASE la adenda con fecha 09/08/2022 al “Convenio de Financiamiento para la construcción de viviendas”, celebrado el 12 de mayo del año 2022 entre la Municipalidad de Oncativo y el Ministerio de Promoción del Empleo y de la Economía Familiar de la Provincia de Córdoba, en el marco del “Programa 10.000 Viviendas – Línea Vivienda Semilla Municipios”, ratificado por Ordenanza Nº 2438/22, con el objetivo de adecuar la operatoria oportunamente establecida al marco del Decreto Nº 822/22, quedando vigentes todas las cláusulas que expresamente no se modifiquen.
ARTÍCULO 2°.-
Comuníquese al Departamento Ejecutivo, publíquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.
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