VISTO:
El Decreto 151/ 2022; y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Salud de la Nación implementó disposiciones a los fines de abordar la situación mundial de Pandemia por el Covid -19 declarado por la OMS.-
Que el Gobierno de la Provincia de Córdoba fue adhiriendo a lo establecido por el Gobierno Nacional, como así también el Estado Municipal a través de distintos decretos.-
Que en la actualidad ha evolucionado positivamente el aumento de inmunidad en la población.-
Que la situación epidemiológica actual ha sido evaluada por las autoridades sanitarias, considerando que no amerita la prórroga de las medidas preventivas vigentes, dejando sin efecto el Decreto Nº 1546/2022, que estableció el Pase Sanitario COVID-19.-
Que el Ministerio de Salud de la Provincia dispone el cese de la obligatoriedad del uso del barbijo o tapabocas; teniendo en cuenta que dichas autoridades recomiendan su uso a personas mayores o con factores de riesgo en lugares cerrados, con poca ventilación y/o con alta concentración de personas, con el objetivo de resguardad la salud pública y disminuir los riesgos de contagio.-
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
ARTICULO PRIMERO:
RATIFÍCASE el decreto Nº 151/2022 de fecha 31 de Agosto de 2022 en todos sus términos, el que pasa a ser parte de la presente Ordenanza.-
ARTICULO SEGUNDO:
Remítase copia a los organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.-
ARTICULO TERCERO:
Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-
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