VISTO
Que se requiere celebrar un convenio entre el Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba y la Municipalidad de Oncativo, para la ejecución de la obra: “Terminación de un S.U.M.” en Establecimiento Educativo “IPET Nº54” en el marco del Programa Aurora; y
CONSIDERANDO
Que la ejecución de la Obra mencionada por parte del Municipio, se entiende necesaria y prioritaria para dotar a la escuela en cuestión, de la infraestructura adecuada para una mejor calidad educativa.
Que asimismo ofrece la posibilidad de contratar mano de obra local priorizando de esta manera a los vecinos.
Que dicha obra se realizara conforme lo previsto en la Ley N° 8614.
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
De ONCATIVO
En uso de sus facultades, sanciona con Fuerza de
ORDENANZA
Artículo Primero
AUTORÍCESE al Sr. Intendente de la Municipalidad de Oncativo a suscribir Convenio con el Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba, respecto de la Obra: “Terminación de un S.U.M.” en Establecimiento Educativo “IPET Nº54” en el marco del Programa Aurora.
Artículo Segundo
AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir toda documentación necesaria para la ejecución de la misma, de conformidad al Proyecto elaborado por la Dirección General de Infraestructura Escolar del Ministerio de Educación.
Artículo Tercero
ELÉVESE copia al D
epartamento Ejecutivo Municipal, PÚBLIQUESE y ARCHÍVESE.
Artículo Cuarto
De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE SEPTEIMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.
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