VISTO:
El Proyecto de Ordenanza del D.E.M, de eximir de la “Contribución por los Servicios de Inspección Mecánica e Instalación y Suministro de Energía Eléctrica” establecida por Ordenanza Tarifaria 2023 a los DOS (2) Clubes de nuestra Ciudad de Oncativo, Club Atlético Flor de Ceibo y Club Deportivo y Cultural Unión, y:
CONSIDERANDO:
Que percepción de la “Contribución por los Servicios de Inspección Mecánica e Instalación y Suministro de Energía Eléctrica”, tiene como base imponible, el importe neto total facturado al usuario en las liquidaciones respectivas de la empresa proveedora del servicio de energía eléctrica y/o la base imponible constituida por cada artefacto u otra unidad de medida a fijarse por la Ordenanza Tarifaria Anual.
Que dicha retención es en la actualidad de un diez por ciento (10%) para todas las categorías de usuarios de la CESOPOL, excepto para grandes consumidores, que tributan el nueve por ciento (9%).-
Que es de público y notorio conocimiento que las tarifas eléctricas han sufrido un aumento considerable en los últimos años, poniendo en riesgo la continuidad de actividades y contención que brindan las instituciones.
Que lo expresado implica respecto de los Clubes de nuestra Ciudad, un aumento considerable en sus costos fijos de funcionamiento, lo que, sumado a la crisis del periodo actual, termina por profundizar una situación económica compleja.
Que, asimismo, estos contribuyentes, han expresado su problema a este Municipio, manifestado la necesidad de la reducción de la contribución, alegando que se encuentra afectada gravemente su economía y en consecuencia la continuidad de sus actividades.
Que el D.E.M. entiende que es necesario colaborar para garantizar el normal funcionamiento de los clubes para que puedan cumplir sus objetivos.
Que, por esta razón, con la finalidad de contribuir a la reducción de sus gastos, el D.E.M. valora pertinente eximir a los DOS (2) Clubes de nuestra Ciudad de la “Contribución por los Servicios de Inspección Mecánica e Instalación y Suministro de Energía Eléctrica”.
Por todo ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo Primero:
DISPÓNESE la eximición de la alícuota de la “Contribución por los Servicios de Inspección Mecánica e Instalación y Suministro de Energía Eléctrica” a establecerse por Ordenanza Tarifaria Año 2023, a los dos (2) clubes de nuestra Ciudad de Oncativo, Club Atlético Flor de Ceibo y Club Deportivo y Cultural Unión.-
Artículo Segundo:
DISPÓNESE que, para ser incluidos en el beneficio descrito en el artículo precedente, los dos (2) clubes deberán ser contribuyentes regulares del Municipio, no registrar deuda con el mismo, y comunicar anualmente la solicitud de eximición mediante nota fundada.
Artículo Tercero:
DISPONESE que el D.E.M acordará con las instituciones deportivas mencionadas en el Artículo Nª 1, un sistema de becas deportivas destinadas a familias de bajos recursos, previo informe del Área de Integración Comunitaria.-
Artículo Cuarto:
Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.
Artículo Quinto:
De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO, A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.
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