VISTO:
El Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal, solicitando la autorización para adquirir en forma directa a la firma VIAL TRUCK S.A. un equipo desobstructor marca LEXXOR – modelo XXDH – 3.0 nuevo; y
CONSIDERANDO:
Que es intención del Gobierno Municipal continuar mejorando y optimizando la prestación de servicios a la comunidad, siendo primordial para ello la renovación de las maquinarias con las que cuenta.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal pretende adquirir a la Empresa VIAL TRUCK S.A. un equipo desobstructor marca LEXXOR – modelo XXDH – 3.0 nuevo, en la suma de pesos ocho millones novecientos mil ($ 8.900.000) equipo este que será destinado al área de Obras y Servicios Públicos de este municipio.
Que el equipo desobstructor va a ser utilizado con la finalidad de desobstruir desagües, limpieza y rastreo de cañerías, cámaras, sanitarias, pluviales industriales por medio de mangas de alta presión, y demás tareas necesarias.
Que el fundamento de esta compra directa, es que todo en la actualidad, el municipio no cuenta con una maquinaria de esta naturaleza, teniendo que demorar en la prestación de la tarea y/o alquilar a terceros a precios elevados.
Que el equipamiento a adquirir, se pretende a esta firma, que es una industria local reconocida en el rubro; quienes realizan un buen y rápido servicio de mantenimiento y reparaciones.
Que habiendo sido analizado el presupuesto elevado por el Departamento Ejecutivo, este cuerpo estima pertinente su aprobación.
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones,sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo Primero:
AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a adquirir en forma directa a la firma VIAL TRUCK S.A. en hasta la suma de Pesos: ocho millones novecientos mil ($ 8.900.000) un (1) equipo desobstructor marca LEXXOR – modelo XXDH – 3.0 nuevo, con más los accesorios correspondientes, en un todo de acuerdo a la cotización que pasa a formar parte integrante de la presente.
Artículo Segundo:
REMÍTASE copia a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.
Artículo Tercero:
De forma.
DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.
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