VISTO:
La necesidad de autorizar el valor de los lotes donde se han construido TRECE (13) Viviendas de la Operatoria PLAN.MU.VI. Según Ordenanza Nº 1960/11 y su reglamentación; y
Considerando:
Que la Ordenanza que regula la operatoria del PLAN.MU.VI. había fijado que cuando se entregaran las viviendas se iba a fijar el valor de los terrenos.-
Que es necesario autorizar el valor de los lotes propuesto por el Departamento Ejecutivo Municipal, para que se pueda comenzar a cobrar la cuota del terreno.-
Que las cotizaciones de dichos lotes fueron efectuadas por distintas inmobiliarias de nuestra Ciudad, de acuerdo a la realidad del mercado inmobiliario local, conforme lo establece la Ordenanza que se dicto en su oportunidad cuando se creó el PLAN.MU.VI.-
Que de acuerdo a dicha Ordenanza, de los valores mencionados en la presente, los que opten por cancelarlo de contado pagarán un 50% (cincuenta por ciento) de ese valor, los que abonen en hasta cinco (5) años pagarán un 65% (sesenta y cinco por ciento) y los que abonen en hasta diez (10) años pagarán un 75% (setenta y cinco por ciento).–
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
En uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo Nº 1
AUTORICESE al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder a valorizar los siguientes lotes donde se han construido TRECE (13) viviendas de la Operatoria PLAN.MU.VI. los que cuentan con los servicios de energía eléctrica, agua corriente y alumbrado público.
- Lote 107 sobre calle Entre Ríos, Mzna. Catastral 182, Pesos Siete millones sesenta y dos mil quinientos ($ 7.062.500,00)
- Lote 108 sobre calle Entre Ríos, Mzna. Catastral 182, Pesos Cinco millones setecientos cincuenta mil ($ 5.750.000,00)
- Lotes 113, 114 y 115 sobre calle 2 de Abril, Mzna. Catastral 189, Pesos Cinco millones setecientos cincuenta mil ($ 5.750.000,00), cada uno.
- Lotes 103, 104, 105 y 106 sobre calle 2 de Abril, Mzna. Catastral 188, Pesos Cinco millones setecientos cincuenta mil ($ 5.750.000,00) cada uno.
- Lotes 114 y 115 sobre calle Puerto Argentino, Mzna. Catastral 188 Pesos Cinco millones setecientos cincuenta mil ($5.750.000,00).
- Lotes 103 y 104 sobre calle Puerto Argentino, Mzna. Catastral 187, Pesos Cinco millones setecientos cincuenta mil ($ 5.750.000,00) cada uno.
Artículo Nº 2
DISPONESE como modalidad de pago la siguiente:
- 50% (cincuenta por ciento) del valor cuando se opte por la cancelación de contado.-
- 65% (sesenta y cinco por ciento) del valor cuando se opte por la cancelación en hasta (5) cinco años.-
- 75% (setenta y cinco por ciento) del valor cuando se opte por la cancelación en hasta (10) diez años.
Los valores de las cuotas resultantes en función al plan de pagos suscripto, se actualizarán cuatrimestralmente de igual forma que el valor del metro cuadrado de construcción, de acuerdo a lo establecido por Ordenanza 1960/11 y su reglamentación.
Artículo Nº 3
REMITASE copia a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.
Artículo Nº4
De Forma
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.-
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