Ordenanza Nº 2511

VISTO:

La necesidad de proceder a la adjudicación de las viviendas construidas en el marco de los diferentes planes de viviendas sociales, y:

CONSIDERANDO:

     Que existen beneficiarios en condiciones de solicitar la escrituración en los términos de la Ley Provincial N° 9811 y el Decreto Provincial Nº 495/2009.-

Que esta Municipalidad se encuentra adherida a la normativa referida mediante Ordenanza N° 2498/23.–

Que a esos fines, corresponde consignar: los datos de los beneficiarios, número de lote y manzana, nomenclatura catastral, número de cuenta en la dirección general de rentas y dominio del inmueble.-

Por todo lo expuesto;

                EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

                 DE LA CIUDAD DE ONCATIVO

 En uso de sus atribuciones,Sanciona con fuerza de

                                  ORDENANZA

 

 Artículo 1°. AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a tramitar la escrituración de los inmuebles y suscribir las respectivas Escrituras Traslativas de Dominio a los adquirentes que se detallan en el Anexo 1 que se agrega a la presente Ordenanza como formando parte de la misma, de conformidad a lo establecido por la Ley Provincial N° 9811 y el Decreto Provincial N° 495/2009 a los cuales este Municipio adhirió mediante Ordenanza N° 2498/23.-

 Artículo 2° Los adquirentes de los inmuebles precedentemente mencionados han cumplimentado los requisitos pertinentes, avalado con los respectivos informes socio-económico.-

Artículo 3°: Comuníquese, Protocolícese y dese copia.-

Artículo 4°: De forma.

 DADA EN LA SALA DE SESION DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO AL DIA UNO DEL MES AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES

 

 

 

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