VISTO:
El pedido formulado al Departamento Ejecutivo Municipal por el Sr. Sergio Leonardo Serra, D.N.I. Nº 17.361.007, empleado categoría 12 de la planta permanente de este Municipio, y
CONSIDERANDO:
Que el mencionado agente solicitó que se analizara la factibilidad de que fuera aceptado un pedido de retiro voluntario en los términos de la Ordenanza Nº 806/91.-
Que la Ordenanza precitada oportunamente estableció un régimen de retiro voluntario que otorgaba, a quien lo solicitara, una gratificación equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio.
Que tratándose de una Ordenanza que no se encuentra en vigencia, la aceptación de lo solicitado implicará la sanción de una norma en particular que contemple y resuelva esta situación.-
Que lo peticionado se estima conveniente, ya que permite, en el marco de la política de racionalización de recursos y gastos que lleva adelante el gobierno municipal, ya que existe en el municipio un precedente de importancia respecto de la relación jurídico laboral que mantiene con sus dependientes, dejando habilitado un mecanismo de retiro voluntario que pueda contribuir a reducir la actual planta de personal.-
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO,
en uso de sus atribuciones, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Art.Nº 1).-
AUTORIZASE Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar la solicitud de Retiro Voluntario formulado por el Sr. Sergio Leonardo Serra, D.N.I. 17.361.007, empleado Categoría 12 de la planta permanente de la Municipalidad de Oncativo, en los términos y condiciones establecidos por la Ordenanza Nº 806/91 de fecha 19/12/1991.-
Art.Nº 2).-
REMÍTASE copia a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.-
Art.Nº 3).-
De forma.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CUATRO.-
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