VISTO:
El Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal por el cual se solicita autorización para llamar a concurso de precios para la venta de dos camiones, y
CONSIDERANDO:
Que el art. 30, inc. 20 de la Ley Nº 8102 (Ley Orgánica Municipal) que establece que el Concejo Deliberante debe aprobar la venta de bienes privados del Municipio.
Que las unidades de referencia actualmente no son utilizadas, por lo que es conveniente enajenar las mismas.
Que de acuerdo a las informaciones de mercado recogidas y al estado que presentan los bienes objeto de este proyecto, corresponde establecer un precio mínimo de venta no inferior a la suma de pesos cinco mil ($ 5.000.-).-
Que a criterio de este Cuerpo el procedimiento de venta más conveniente es el del concurso de precios, estableciéndose montos mínimos de cotización, toda vez que, se respeta el principio de selección y se garantiza un monto mínimo como precio de venta, en resguardo de los intereses del Municipio.
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO,
en uso de sus atribuciones,
sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Art.Nº 1).-
AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a llamar a concurso de precios para proceder a la venta de las siguientes unidades: un camión DODGE DP 500 modelo 1969, dominio X 038942,y un camión DODGE DP 500 175, modelo 1972 dominio X 204085; todo en base al pliego de condiciones y especificaciones técnicas que pasa a formar parte de la presente Ordenanza.
Art.Nº 2).-
ESTABLÉZCANSE para los vehículos mencionados en el artículo anterior el siguiente precio mínimo en forma grupal de: pesos cinco mil ($5.000).-
Art.Nº 3).-
REMITASE copia de la presente a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.-
Art.Nº 4).-
De forma.-
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS SEIS DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CUATRO.-
NOV
