Ordenanza Nº1666/04

VISTO:
El Proyecto de Ordenanza iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal, por el que se modifica la Ordenanza Nº 1.633/03, Tarifaría Año 2004, en su Título IV, Capítulo I que corresponde a la Contribución que incide sobre la ocupación o utilización del dominio público, lugares de uso público e inmuebles o espacios del dominio privado Municipal, incorporando el Art. 34 bis; y

CONSIDERANDO:
Que el Código Tributario Municipal de Oncativo, Libro Segundo, Parte Especial, Ordenanza Nº 1480/00, legisla sobre la Contribución de referencia, estando pendiente solamente el importe a cobrar o la alícuota que se debe establecer a través de la Ordenanza Tarifaría Anual.
Que el desorden, las molestias que ocasionan estas obras en la vía pública, a los vecinos, frentistas, a los transeúntes y al transito vehicular, producen al estado Municipal y a la población en general una serie de gastos adicionales que indudablemente deben ser trasladados a la empresa peticionante, ya que en definitiva es esta la que resulta beneficiada con la obra mencionada.
Que tratándose de un proyecto de los comprendidos en el Art. 37 de la Ley Orgánica Municipal Nº 8102, el mismo debe ser sometido al procedimiento de doble lectura.
Que por Resolución Nº 018/04, se dio aprobación en primera lectura.
Que habiendo transcurrido el plazo legal sin que se produjera modificación alguna al despacho original, este Cuerpo se expide a favor de la aprobación del proyecto en cuestión.
Por todo ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

Artículo Primero:
INCORPORESE a la Ordenanza Nº 1.633/03, Tarifaría Año 2004, en su Título IV, Capítulo I que corresponde a la Contribución que incide sobre la ocupación o utilización de espacios del dominio público, lugares de uso público e inmuebles o espacios del dominio privado Municipal, el Art. 34 bis, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 34 Bis: FÍJESE por el otorgamiento de PERMISOS para la EJECUCIÓN DE OBRAS especiales ocupando o utilizando el subsuelo, la superficie o espacio aéreo de dominio público municipal, la suma equivalente al 1,5 %, del monto total de la obra, siendo de pago adelantado y fijándose como mínimo la suma de pesos doscientos $ 200,00 por cada permiso de obra solicitado.-

Artículo Segundo:
De forma.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS DOS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO.-

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