Ordenanza Nº1711/05

VISTO:
El pedido formulado por la Sra. María Cristina Volante de Falcinelli, D.N.I. 13.023.809, empleada categoría 15 de la planta permanente de este Municipio, y

CONSIDERANDO:
Que el mencionado agente solicitó que se analizara la factibilidad de que fuera aceptado un pedido de retiro voluntario en los términos de la Ordenanza Nº 806/91.-
Que la Ordenanza precitada oportunamente estableció un régimen de retiro voluntario que otorgaba, a quien lo solicitara, una gratificación equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio.
Que tratándose de una Ordenanza que no se encuentra en vigencia, la aceptación de lo solicitado implicará la sanción de una norma en particular que contemple y resuelva esta situación.-
Que lo peticionado se estima conveniente, habida cuenta que existen antecedentes de Ordenanzas en particular otorgando este tipo de beneficio a otros ex – agentes municipales.-
Por todo lo expuesto,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO,
en uso de sus atribuciones, sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

Art.Nº 1).-
ACEPTASE la solicitud de Retiro Voluntario formulado por la Sra. María Cristina Volante de Falcinelli, D.N.I. 13.023.809, empleado Categoría 15 de la planta permanente de la Municipalidad de Oncativo, en los términos y condiciones establecidos por la Ordenanza Nº 806/91 de fecha 19/12/1991.-

Art.Nº 2).-
FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a abonar la gratificación prevista en la Ordenanza nº 806/91.-

Art.Nº 3).-
De forma.-

DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS DIESIETE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CINCO.-

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