VISTO:
El Proyecto de Ordenanza de nominación del “BARRIO LEOPOLDO LUGONES”,y
CONSIDERANDO:
Que un grupo de docentes y alumnos del 3º año “B” y “C” pertenecientes al I.P.E.M. Nº 158 Leopoldo Lugones de la Ciudad de Oncativo presentaron a este cuerpo una iniciativa para nominar a la zona urbana colindante con la escuela como “Barrio Parque Lugones” o “Barrio Residencial Lugones”, u otro similar que destacara la impronta e integración a la vida cotidiana del lugar que posee el referido establecimiento educativo.
Que una de las definiciones más aceptadas de la noción de barrio es la que lo considera…. la fracción de territorio de una ciudad dotada de fisonomía propia y caracterizada por trazas distintas que le confieren cierta unidad e individualidad” (Diccionario del Urbanismo – Merlin – Choay).-
Que en el caso que nos ocupa la unidad e individualidad esta dada a todas luces por el establecimiento educativo en cuestión, el cual por otra parte es uno de los más importantes y tradicionales de nuestra comunidad, formador de numerosas generaciones de habitantes de Oncativo .-
Que también debe atenderse, a la hora de nominar una zona con un nombre propio, a la personalidad de Leopoldo Lugones, poeta, ensayista y narrador argentino, nacido en Córdoba en 1874, y muerto en 1938, cuya obra poética es considerada como una de las que más influyeron en las generaciones de poetas hispano parlantes posteriores y, sin duda, una de las más destacadas del modernismo universal.-
Que esto fundamentos y la calidad institucional que revisten los peticionantes, hacen pertinente que el Concejo Deliberante en pleno impulse la iniciativa comprendida, resolviéndose denominar como “Barrio Leopoldo Lugones” la zona comprendida entre las calles Guiraldes, Juan Domingo Perón, Browm, Ayacucho General Paz e Ituzaingó de nuestra Ciudad de Oncativo .-
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Art. Nº 1).-
DISPÓNESE denominar como “BARRIO LEOPOLDO LUGONES” a la zona comprendida entre las calles Guiraldes, Juan Domingo Perón, Brown, Ayacucho, General Paz e Ituzaingó de nuestra Ciudad de Oncativo .-
Art. Nº 2).-
Remítase copia a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.-
Art. Nº 3).-
De forma.-
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.-
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