Ordenanza Nº1793/06

VISTO:
El Programa de Viviendas Ciudad Solidaria y Sustentable del proyecto Núcleo Básico Habitacional, y

CONSIDERANDO:
Que el proyecto contempla la construcción en la Ciudad de Oncativo de viviendas de carácter social para dar repuestas a los sectores de menores recursos.-
Que se prevé que los beneficiarios del programa participen en la construcción de las viviendas, mediante la confección de dos registros, uno en el cual se inscriban ciudadanos de más de dos años de residencia en Oncativo, que no posean vivienda propia y sean sostén de familia, y en otro registro con personas de idénticas características a los anteriores, pero que además acrediten conocimientos como oficiales de albañilería y construcción.-
Que los inscriptos en el registro con conocimientos en construcción deberán construir dos viviendas del proyecto, las que luego de concluidas serán adjudicadas mediante sorteo, una al beneficiario constructor, y otra al beneficiario del registro de personas sin conocimiento en albañilería.-
Que la financiación para afrontar la construcción serán aportados por el Gobierno Municipal, según los recursos previstos en el Proyecto original Ordenanza Nº 1557/02, y los provenientes de las diferencias por intereses de refinanciación de morosidad, de los distintos planes de vivienda Provinciales, los cuales son pagados automáticamente por el Municipio a través del correspondiente descuento mensual de coparticipación.-
Que este cuerpo estima que la iniciativa es adecuada para afrontar el problema habitacional, que sufren los ciudadanos de bajos recursos.
Por todo lo expuesto,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus facultades,
sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

Articulo Primero:
APRUEBASE el “Proyecto Núcleo Básico Habitacional”, para la construcción de 26 (veintiséis) nuevas viviendas en nuestra Ciudad, el cual pasa a formar parte integrante de la presente ordenanza.-

Articulo Segundo:
REMÍTASE copia del presente a los organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.-

Articulo Tercero:
De Forma.-

DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.-

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