Ordenanza Nº1815/07

ORDENANZA Nº 1.815/07

VISTO:
La propuesta de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS-DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA de efectuar un acuerdo colaboración entre la Municipalidad de Oncativo y la A.F.I.P. –D.G.I. en la instalación de una oficina de atención al contribuyente; y

CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Municipal entiende como uno de los nuevos roles del estado local promover y acompañar el proceso de desarrollo económico del medio.
Que todo crecimiento económico viene acompañado de mayores trámites administrativos e impositivos, y considerando la posibilidad de la instalación de una oficina de atención al contribuyente en nuestra Ciudad por parte de la A.F.I.P.-D.G.I- en el marco de los cursos de acción adoptados por la A.F.I.P. a fin de brindar mejores servicios a los contribuyentes y el objetivo de la Municipalidad en impulsar el acercamiento de los organismos nacionales a la comunidad de Oncativo.-
Que dada las particularidades y los beneficios que ofrece la instrumentación de los nuevos mecanismos y tecnologías de comunicación, la AFIP está implementando centros de servicios que tiene como objetivo primario brindar asesoramiento y asistencia a los administrados para la utilización de las nuevas herramientas informáticas, que coadyuvan a un mayor acercamiento en la relación físico- contribuyente.-
Que a tal fin la AFIP ha solicitado a la Municipalidad de Oncativo, la cesión por tiempo determinado de TRES (3) años prorrogables por igual periodo por tácita recondunción, de un espacio físico en nuestras dependencias a fin de instalar un Centro de Servicios.-
Que el acuerdo a firmar se regirá por el régimen de Comodato estipulado en el artículo 2255 y subsiguiente del Código Civil.-
Que la Municipalidad aportará los bienes muebles y equipos informáticos que se detallan en el anexo I y las conexiones a Internet del centro de servicios, y la AFIP los demás elementos necesarios para el funcionamiento.-
Que la AFIP tendrá a su cargo, en forma exclusiva, la cobertura de los riesgos de trabajo de su personal.-
Por todo lo expuesto,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A

Artículo Primero:
APRUÉBESE el ACUERDO DE COLABORACIÓN ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE ONCATIVO Y LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS- A.F.I.P.- D.G.I.

Artículo Segundo:
Remítase copia a los organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.-

Artículo Tercero:
Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL SIETE.-

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